5º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ESPINOZA CON FISCO DE CHILE - (LTE)

Rol

294-2023

Fecha

29 de febrero de 2024

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)

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Hechos

Vistos: En estos autos Rol Nº 294-2023 de esta Corte, por sentencia de primera instancia, de cinco de julio de dos mil veintidós, el Quinto Juzgado Civil de Santiago, en lo que al recurso interesa, acogió la demanda interpuesta por Juan Rigoberto Herrera Salas en contra del Fisco de Chile, condenando a la demandada al pago a modo de indemnización de perjuicios por daño moral, a la suma de $15.000.000 (quince millones de pesos), con los reajustes que se indican en el

Fundamentos

considerando vigésimo segundo. En contra de esa sentencia, se alzaron la demandante y la demandada, a través de sendos recursos de apelación. Dichos arbitrios fueron conocidos por la Corte de Apelaciones de Santiago, la que, mediante sentencia de nueve de diciembre de dos mil veintidós, los rechazó y confirmó la sentencia de primera instancia. En contra de este último fallo, la parte demandante recurrió de casación en la forma y en el fondo. Por dictamen de dieciocho de enero de dos mil veintitrés, se ordenó traer los autos en relación. Considerando: Primero: Que el recurso de casación en la forma propuesto por la demandante se funda en la causal de invalidación prevista en el artículo 768, circunstancia 4ª en relación con el artículo 170 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de consideraciones de hecho y derecho en que se funda la sentencia, refiriendo que el

Fallo

fallo carece de las consideraciones de hecho y derecho para establecer el monto de $ 15.000.000 para el demandante. Señala el libelo que la sentencia impugnada no realiza un análisis respecto a cómo se valoraron los medios de prueba rendidos que permitieran tener por acreditadas tales circunstancias, ni mucho menos cómo fue que arribó al monto único señalado para el demandante como indemnización del daño moral sufrido. El fallo recurrido no explicita cómo arribó a dicha avaluación de perjuicios, no indica en qué parámetros se basó, no analiza situaciones judiciales similares, y no cita jurisprudencia de apoyo al fijar dicho monto. Tampoco explica, del modo que lo exige la ley, el porqué está fijando el referido monto a indemnizar. Pide, que se invalide la sentencia recurrida y acto seguido, sin nueva vista, pero separadamente, dicte con arreglo a la ley la correspondiente sentencia de reemplazo mediante la cual se condene a la demandada a la suma de $150.000.000 millones de pesos, (ciento cincuenta millones de pesos). SEGUNDO: Que la demandante interpuso también, recurso de casación en el fondo, denunciando como infringida por inaplicación del artículo 5 inciso segundo de la Constitución Política de la República que otorga primacía a los tratados internacionales sobre derechos humanos, el artículo 2314 del Código Civil. Añade que la sentencia recurrida, al confirmar el monto de la reparación concedida sin atender al mérito del proceso, y con una fundamentación críptica, vulnera todo el estatuto constitucional de la responsabilidad del Estado, que se construye con las disposiciones que son las Bases de la Institucionalidad, artículos 1, 4, 5, 6, 7 y 38 inciso 2° de la Constitución Política de la República y el complejo normativo del derecho internacional.  Sostiene que son aplicables en la especie, en relación con el artículo 5º inciso segundo precitado, los artículos 1.1º, 2º, 8º, 26º y 63.1. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, el deber específico de reparación consagrado en el artículo 14 de la Convención contra la Tortura, los artículos 7º y 29 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, normas que da por expresamente reproducidas; además de los principios generales del derecho internacional y normas de ius cogens que establecen el deber de reparación por crímenes de derecho internacional. Finalmente, pide que se anule el fallo impugnado y de forma separada, pero acto seguido dicte la correspondiente sentencia de reemplazo revocando lo resuelto por sentencia de primera instancia, aumentando sustancialmente el quantum indemnizatorio a $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) o lo que la Excma. Corte Suprema establezca acorde al mérito del proceso. TERCERO: Que, respecto del recurso de casación en la forma, cabe señalar que, de la lectura de la sentencia de segunda instancia se advierte que ella sólo confirma la de primer grado, sin

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintinueve de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos autos Rol Nº 294-2023 de esta Corte, por sentencia de primera instancia, de cinco de julio de dos mil veintidós, el Quinto Juzgado Civil de Santiago, en lo que al recurso interesa, acogió la demanda interpuesta por Juan Rigoberto Herrera Salas en contra del Fisco de Chile, condenando a la demandada al pago a modo de indemn

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