WHIPPLE MORAN CRISTIAN Y OTRO CON DUQUE OYARZUN GLADYS(E)
Rol
51831-2023
Fecha
28 de febrero de 2024
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
VISTOS: En este juicio sumario sobre acción de jactancia, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, bajo el Rol C-164-2021, caratulado “Whipple con Duque”, por sentencia de fecha catorce de junio de dos mil veintidós, fue acogida la excepción de prescripción de la acción y, como consecuencia, rechazada la demanda. Apelada esta decisión, la Corte de Rancagua, con fecha siete de marzo de dos mil veintitrés, revocó la sentencia recurrida en cuanto había acogido la excepción de prescripción y, en su lugar, la desestimó y confirmó el fallo de primer grado en cuanto rechazó la demanda de jactancia. Contra este último pronunciamiento la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente de nulidad sustancial denuncia como infringidos los artículos 270 y 399 del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículos 19 y 22 del Código Civil. Refiere que el
Fallo
fallo de primer grado en cuanto rechazó la demanda de jactancia. Contra este último pronunciamiento la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente de nulidad sustancial denuncia como infringidos los artículos 270 y 399 del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículos 19 y 22 del Código Civil. Refiere que el fallo recurrido ha incurrido en error de derecho al considerar que se debe rechazar la demanda de jactancia. Indica que esto se produce al desconocer la procedencia de la acción de jactancia emanada de una acción criminal interpuesta por la demandada de jactancia, de la que el recurrente solo tomó conocimiento al hacerse parte de dicho procedimiento. Indica que el fallo recurrido vulnera lo dispuesto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil. Primero, en consideración a que la propia acción criminal de base incluye una pretensión económica propia del delito de estafa imputado, y segundo, debido a que contempla específicamente a quien interponga o haya gestionado un proceso criminal. Agrega que se ha hecho por los sentenciadores una incorrecta lectura de la demanda. Explica que la demanda de jactancia fue rechazada por no encontrarse dentro de los fundamentos de la acción, cuestión eminentemente de derecho y no de hecho. No obstante, insiste, en la práctica, se han configurado ambas hipótesis contenidas en el precepto citado. Agrega que en ese mismo co
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Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: En este juicio sumario sobre acción de jactancia, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Santa Cruz, bajo el Rol C-164-2021, caratulado “Whipple con Duque”, por sentencia de fecha catorce de junio de dos mil veintidós, fue acogida la excepción de prescripción de la acción y, como consecuencia, rechazada la demanda. Apelada est
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