TORRES BRENET SEBASTIAN CONTRA CUARTA SALA ILMA. CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN
Rol
5861-2024
Fecha
27 de febrero de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de seis de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, en el Ingreso Corte N° 60-2024. Acordada luego de desechada la indicación previa del Ministro Sr. Llanos, quien fue de parecer que, actuando de oficio, se anule lo obrado y se determine que la Corte de Apelaciones es incompetente conocer del recurso, en razón de que si de acuerdo al inciso segundo del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, cada Sala representa a la Corte, dicho tribunal se encuentra implicado en virtud de la causa del artículo 195, N° 8 del Código citado, por lo que el recurso debe ser conocido por la Corte de Apelaciones que subroga legalmente, conforme al artículo 216 del mismo cuerpo legal. Asimismo, se previene que el Ministro Sr. Llanos, concurre a la confirmatoria, pero sin compartir el fundamento tercero del fallo en alzada. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Valderrama, quien fue de la opinión de revocar la resolución apelada, acoger la acción de amparo y, consecuencialmente, mantener la pena sustitutiva impuesta al amparado en primera instancia, teniendo para ello presente que el recurrente reúne los requisitos objetivos para resultar procedente el arresto domiciliario nocturno dispuesto en su favor. Regístrese y devuélvase. N° 5.861-2024.
Fallo
fallo en alzada. Acordado con el voto en contra del Ministro señor Valderrama, quien fue de la opinión de revocar la resolución apelada, acoger la acción de amparo y, consecuencialmente, mantener la pena sustitutiva impuesta al amparado en primera instancia, teniendo para ello presente que el recurrente reúne los requisitos objetivos para resultar procedente el arresto domiciliario nocturno dispuesto en su favor. Regístrese y devuélvase. N° 5.861-2024.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de seis de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, en el Ingreso Corte N° 60-2024. Acordada luego de desechada la indicación previa del Ministro Sr. Llanos, quien fue de parecer que, actuand
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