24º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO SANTANDER-CHILE./GREEN TECHNOLOGIES SOLUTIONS CHILE SPA - (ACUMULADO ING. CORTE N°6645-2020) - (LTE)

Rol

242341-2023

Fecha

15 de febrero de 2024

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que en el procedimiento ejecutivo seguido por acción de desposeimiento ante el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-33542-2018, caratulado “Banco Santander Chile con Green Technologies Solutions Chile SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte ejecutada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha seis de octubre de dos mil veintitrés, que revocó el fallo de primer grado de seis de mayo de dos mil veinte, en aquella parte que acogió la excepción de prescripción respecto del pagaré invocado como título y, en su lugar, la rechazó. En el primer otrosí de su libelo, deduce recurso de casación en el fondo en contra de la misma sentencia, en aquella parte que confirmó el rechazo de la excepción de prescripción respecto del mutuo hipotecario. Segundo: Que el recurrente de nulidad afirma que en la dictación de la sentencia de alzada se ha infringido lo dispuesto en los artículos 4, 12, 13, 19, 2503 y 2515 del Código Civil en relación con el artículo 102 de la ley N°18.092. Asegura que la infracción se comete al rechazar la excepción de prescripción de la acción cambiaria aun cuando la propia demandante indica que la primera cuota impaga venció el 4 de marzo de 2015, fecha desde la que debe computarse el plazo de prescripción, el que asegura transcurrió en exceso a la fecha de notificación de la demanda, efectuada el 16 de septiembre de 2019. En cuanto al mutuo hipotecario, señala que el plazo de tres años exigido por la ley para extinguir por prescripción la acción ejecutiva, se debe contar desde que la obligación se hizo exigible, esto es, desde que el banco aceleró la deuda interponiendo la demanda ejecutiva en contra del deudor personal en aquella causa terminada por haberse abandonado el procedimiento. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un r

Fallo

fallo de primer grado de seis de mayo de dos mil veinte, en aquella parte que acogió la excepción de prescripción respecto del pagaré invocado como título y, en su lugar, la rechazó. En el primer otrosí de su libelo, deduce recurso de casación en el fondo en contra de la misma sentencia, en aquella parte que confirmó el rechazo de la excepción de prescripción respecto del mutuo hipotecario. Segundo: Que el recurrente de nulidad afirma que en la dictación de la sentencia de alzada se ha infringido lo dispuesto en los artículos 4, 12, 13, 19, 2503 y 2515 del Código Civil en relación con el artículo 102 de la ley N°18.092. Asegura que la infracción se comete al rechazar la excepción de prescripción de la acción cambiaria aun cuando la propia demandante indica que la primera cuota impaga venció el 4 de marzo de 2015, fecha desde la que debe computarse el plazo de prescripción, el que asegura transcurrió en exceso a la fecha de notificación de la demanda, efectuada el 16 de septiembre de 2019. En cuanto al mutuo hipotecario, señala que el plazo de tres años exigido por la ley para extinguir por prescripción la acción ejecutiva, se debe contar desde que la obligación se hizo exigible, esto es, desde que el banco aceleró la deuda interponiendo la demanda ejecutiva en contra del deudor personal en aquella causa terminada por haberse abandonado el procedimiento. Tercero: Que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de febrero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que en el procedimiento ejecutivo seguido por acción de desposeimiento ante el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-33542-2018, caratulado “Banco Santander Chile con Green Technologies Solutions Chile SpA”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica