SCOTIABANK-CHILE CON LUNA VALENZUELA NELSON (E)
Rol
33487-2023
Fecha
13 de febrero de 2024
Materia
Civil
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus
Fundamentos
fundamentos décimo a décimo noveno. Y se tiene en su lugar y además presente: Lo razonado en los considerandos segundo y quinto al octavo de la sentencia de casación que antecede. Y visto además lo previsto en los preceptos citados en ese pronunciamiento y de conformidad a lo estatuido en los artículos 186 y siguientes y 471 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de trece de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado de Letras de Talca en causa rol C-278-2019, que acogió la excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil opuesta por la parte ejecutada, absolviéndola de la ejecución. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo de la abogada integrante señora Etcheberry C. N° 33.487-2023. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G. y los Abogados Integrantes señor Raúl Patricio Fuentes M. y señora Leonor Etcheberry C. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Abogada Integrante señora Etcheberry, por ausencia.
Fallo
fallo precedente y lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus fundamentos décimo a décimo noveno. Y se tiene en su lugar y además presente: Lo razonado en los considerandos segundo y quinto al octavo de la sentencia de casación que antecede. Y visto además lo previsto en los preceptos citados en ese pronunciamiento y de conformidad a lo estatuido en los artículos 186 y siguientes y 471 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia de trece de mayo de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado de Letras de Talca en causa rol C-278-2019, que acogió la excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil opuesta por la parte ejecutada, absolviéndola de la ejecución. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo de la abogada integrante señora Etcheberry C. N° 33.487-2023. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros señor Arturo Prado P., señor Mauricio Silva C., señora María Angélica Repetto G. y los Abogados Integrantes señor Raúl Patricio Fuentes M. y señora Leonor Etcheberry C. No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la Abogada Integrante señora Etcheberry, por ausencia.
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de febrero de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo ordenado en el fallo precedente y lo dispuesto en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil se pronuncia la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce el fallo en alzada, previa eliminación de sus fundamentos décimo a décimo noveno. Y se tiene en su lugar y además presente: Lo razonado en los consideran
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