CASINO DE JUEGO PUCÓN/CONSEJO RESOLUTIVO SUPERINTENDENCIA DE CASINOS DE JUEGO (LTE)
Rol
244925-2023
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE APELACIÓN Y FORMESE CUADERNO SEPARADO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ha ordenado dar cuenta del recurso de apelación a través del cual la defensa de Casino de Juegos Pucón S.A. -en reclamo de ilegalidad- impugna la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la acción deducida en contra de la Superintendencia de Casinos de Juegos y su Consejo Resolutivo. Segundo: Que el artículo 27 bis de la Ley N° 19.995, que establece las Bases Generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego, no contempla el recurso de apelación en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones que resuelve el reclamo de ilegalidad. Tercero: Que la Corte Suprema no es un tribunal de apelación y sólo en forma excepcional le corresponde conocer en segunda instancia, en aquellos casos en que la ley le otorga dicha competencia, cuyo no es el de autos. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en representación de Casino de Juegos Pucón S.A., en contra de la sentencia de dos de octubre de dos mil veinte, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago en los autos Nº 91-2020. Sin perjuicio de lo resuelto, pídase informe a la Corte de Apelaciones de Santiago, a fin que señale las razones sobre la tardanza en elevar los antecedentes para el conocimiento del presente recurso. La Secretaría de esta Corte procederá a confeccionar el cuaderno respectivo. Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Águila. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 244.925-2023. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Mario Carroza E. y Sra. Dobra Lusic N. (s) y por el Abogado Integrante Sr. Pedro Águila Y. No firman, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, los Ministros Sr. Muñoz por estar con feriado legal y Sra. Ravanales por estar con permiso.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en representación de Casino de Juegos Pucón S.A., en contra de la sentencia de dos de octubre de dos mil veinte, pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago en los autos Nº 91-2020. Sin perjuicio de lo resuelto, pídase informe a la Corte de Apelaciones de Santiago, a fin que señale las razones sobre la tardanza en elevar los antecedentes para el conocimiento del presente recurso. La Secretaría de esta Corte procederá a confeccionar el cuaderno respectivo. Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Águila. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 244.925-2023. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Mario Carroza E. y Sra. Dobra Lusic N. (s) y por el Abogado Integrante Sr. Pedro Águila Y. No firman, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, los Ministros Sr. Muñoz por estar con feriado legal y Sra. Ravanales por estar con permiso.
Texto Completo (Preview)
2 Santiago, doce de febrero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que se ha ordenado dar cuenta del recurso de apelación a través del cual la defensa de Casino de Juegos Pucón S.A. -en reclamo de ilegalidad- impugna la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó la acción deducida en contra de la Superintendencia de Casinos de Juegos y su Consejo R
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