1º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

MALUENDA GONZALEZ, CARLOS /ARAYA CAMPANA, CARLOS

Rol

2153-2024

Fecha

8 de febrero de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ordinario de mayor cuantía por responsabilidad extracontractual tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de La Serena bajo el Rol C-274-2023, caratulado “Maluenda González, Carlos con Araya Campana, Carlos”, la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena de veinte de diciembre de dos mil veintitrés, que revocó la resolución de primer grado de ocho de marzo de dos mil veintitrés y, en su lugar resuelve, que deja sin efecto la medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto del inmueble que indica. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso - por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni ha concluido el juicio o hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Matías Mundaca Campos, en representación de la demandante, en contra de resolución de veinte de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 2.153-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767, 781 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Matías Mundaca Campos, en representación de la demandante, en contra de resolución de veinte de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N° 2.153-2024.

Texto Completo (Preview)

Santiago, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ordinario de mayor cuantía por responsabilidad extracontractual tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de La Serena bajo el Rol C-274-2023, caratulado “Maluenda González, Carlos con Araya Campana, Carlos”, la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la resol

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