C.A. de Santiago

VERGARA, OYARZO & CÍA ABOGADOS SPA/ILMA. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO

Rol

50770-2023

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

Civil

Resultado

RECHAZADO RECURSO DE HECHO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, doña Paula Oyarzo Valdés interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que declaró inadmisible la apelación interpuesta en contra de la resolución que rechazó su solicitud de hacer uso de las facultades correctivas contenidas en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, ante la declaración de inadmisibilidad declarada por la misma Corte sobre el recurso de protección presentado por su parte. Segundo: Que el recurso de hecho es la vía procesal contemplada por el legislador para que la parte agraviada por la resolución que erróneamente deniega la concesión del recurso de apelación, sea enmendada por el superior jerárquico, obteniendo de este modo la corrección de la providencia erradamente librada. Señala el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil: “Si el tribunal inferior deniega un recurso de apelación que ha debido concederse, la parte agraviada podrá ocurrir al superior respectivo, dentro del plazo de cinco días contado desde la notificación de la negativa, para que declare admisible dicho recurso”. Tercero: Que, tratándose la resolución recurrida de una providencia que se pronuncia sobre una solicitud de invalidación en uso de facultades correctivas, en el marco de una acción constitucional de protección, ésta no es apelable, al no ser una de las resoluciones en contra de las cuales se ha dispuesto la procedencia del recurso de apelación en esta materia. Por estas consideraciones y de conformidad asimismo con lo dispuesto por los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en contra de la resolución pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago el veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Al otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 50.770-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad asimismo con lo dispuesto por los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en contra de la resolución pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago el veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. Al otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 50.770-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. A lo principal: Vistos y teniendo presente: Primero: Que, doña Paula Oyarzo Valdés interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que declaró inadmisible la apelación interpuesta en contra de la resolución que rechazó su solicitud de hacer uso de las facultades correctivas contenidas en el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica