RESTREPO RAMIREZ YULIETH CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
522-2024
Fecha
17 de enero de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 3121-2023. Acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Llanos, quien fue de la opinión de revocar la resolución apelada y, en consecuencia, acoger la acción constitucional, teniendo para ello presente las siguientes consideraciones: 1°) Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión administrativa que decretó la expulsión de la amparada, debido a que el extranjero registra una condena en Chile por el delito de tráfico de estupefacientes. 2°) Que, según aparece del mérito de los antecedentes, el amparado fue condenado por el delito referido en el motivo anterior, y que cumplió la pena impuesta, con la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. 3°) Que, se encuentra demostrado que el amparado tiene arraigo familiar, laboral y laboral, y vive desde hace aproximadamente tres años en Chile, sin que registre, desde la condena del año 2009, otro tipo de antecedente penal. 4°) Que, en ese estado de cosas, aparece que el rechazo de la regularización migratoria presentada por el amparado, en el proceso extraordinario y que mantiene la medida de abandono es ilegal, por desproporcionada, puesto que las circunstancias en que se encuentra el recurrente en la actualidad han variado respecto de aquellas tenidas en cuenta al tiempo en que se le impuso la condena que motiva hoy su expulsión. En efecto, los hechos asentados en el motivo precedente dan cuenta de su arraigo familiar, laboral y social en el territorio nacional, lo que permite aseverar que se encuentra incorporado a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio, familiar y laboral. Asimismo, no registra una sanción posterior. Regístrese y devuélvase. Rol N° 522-2024
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de enero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 4746-2024: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al escrito folio 4748-2024: a todo, téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintinueve de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 3121-2023. Acordado con el voto
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