GAETE HIDALGO JANET CON OMESA SPA
Rol
68925-2023
Fecha
12 de enero de 2024
Materia
Reforma Laboral
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia del grado, previa eliminación de su motivación décima. Y se tiene en su lugar y, además, presente: El razonamiento quinto de la sentencia de unificación de jurisprudencia, que antecede, que se da por reproducido expresamente. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 63, 67, 161, 162, 168, 172, 173, 446 y siguientes del Código del Trabajo, y la Ley N°19.728, se declara que: Se mantienen todas las decisiones del fallo de la instancia, de veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno, con la salvedad de su numeral tercero, y en su lugar de decide que se acoge la solicitud de reintegro de la suma de $5.051.636, por concepto de restitución del descuento efectuado por el empleador por concepto de aporte al seguro de cesantía. Regístrese, notifíquese y devuélvase. N° 68.925-2023.-
Fallo
se declara que: Se mantienen todas las decisiones del fallo de la instancia, de veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno, con la salvedad de su numeral tercero, y en su lugar de decide que se acoge la solicitud de reintegro de la suma de $5.051.636, por concepto de restitución del descuento efectuado por el empleador por concepto de aporte al seguro de cesantía. Regístrese, notifíquese y devuélvase. N° 68.925-2023.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, doce de enero de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue en unificación de jurisprudencia. Vistos: Se reproduce la sentencia del grado, previa eliminación de su motivación décima. Y se tiene en su lugar y, además, presente: El razonamiento quinto de la sentencia de unificación de juris
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