1º JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

GONZÁLEZ/SOCIEDAD PACKING SERVICE INGENIERIA LTDA. ACUM. 49-2023/CIV. Y 416-2023/CIV,

Rol

250799-2023

Fecha

11 de enero de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este procedimiento ejecutivo tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de Curicó, bajo el Rol C-1703-2021, caratulado “González con Sociedad Packing Service Ingeniería Ltda”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma deducido por la ejecutada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, de fecha catorce de noviembre de dos mil veintitrés, que confirmó la de primer grado de quince de febrero de dos mil veintitrés, que rechazó un incidente de nulidad de remate. 2°.- Que, el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°.- Que, la resolución impugnada por esta vía no presentan la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no han concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Yhoselin Estefanía Astudillo Otero, en representación de la ejecutada, en contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, con fecha catorce de noviembre de dos mil veintitrés. Regístrese y devuélvase. Rol N° 250.799-2023

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 772 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por la abogada Yhoselin Estefanía Astudillo Otero, en representación de la ejecutada, en contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, con fecha catorce de noviembre de dos mil veintitrés. Regístrese y devuélvase. Rol N° 250.799-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, en este procedimiento ejecutivo tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de Curicó, bajo el Rol C-1703-2021, caratulado “González con Sociedad Packing Service Ingeniería Ltda”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma deducido por la ejecutada en contra de la sentencia

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