C.A. de Santiago

GLOBAL BEAUTY SPA/PERALTA

Rol

242258-2023

Fecha

5 de enero de 2024

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los

Fundamentos

considerandos cuarto a octavo, los que se eliminan. Y, teniendo presente: Primero: Que comparece don Gonzalo Cisternas Sobarzo, en representación de Global Beauty SpA, para interponer acción constitucional de protección en contra de don Diego Peralta Valenzuela, quien, en su calidad de Juez Árbitro, decretó en etapa de cumplimiento de un

Fallo

fallo arbitral, el embargo de los bienes de la sociedad que representa. Alega, en síntesis, que la decisión del recurrido es ilegal y arbitraria, considerando que Global Beauty SpA no es parte del procedimiento arbitral sustanciado por don Diego Peralta, y que no tuvo oportunidad de evacuar traslado o presentar descargo alguno, ya que no fue emplazado a los autos. Añade que, sin perjuicio de lo anterior y de la falta de jurisdicción y competencia del Juez Árbitro para disponer la ampliación del embargo en su perjuicio, la decisión es por lo demás arbitraria, puesto que resuelve sobre la base de materias de fondo, cuestiones relativas a inoponibilidad de divisiones societarias y levantamiento del velo corporativo, improcedentes para la etapa procesal en la que el juicio en cuestión se encuentra. Estimando conculcadas las garantías constitucionales de su representada contenidas en los numerales 2, 15, 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicita que se acoja la presente acción, y, en consecuencia, se deje sin efecto la resolución de 4 de julio de 2023, se ordene a don Diego Peralta Valenzuela que se abstenga, en lo sucesivo, de realizar cualquier otro acto tendiente a juzgar o imponer obligaciones a Global Beauty SpA en el marco de su cometido arbitral, se disponga toda otra medida necesaria tendiente a restablecer el imperio del derecho y el respeto de las garantías constitucionales de su parte, con costas. Segundo: Que don Diego Peralta Valen

Texto Completo (Preview)

PAGE 1 Santiago, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N° 1153-2024: téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos cuarto a octavo, los que se eliminan. Y, teniendo presente: Primero: Que comparece don Gonzalo Cisternas Sobarzo, en representación de Global Beauty SpA, para interponer acción constitucional de protección en con

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