SILVA SALAZAR ELIDIO CONTRA CORTE APELACIONES TEMUCO
Rol
252084-2023
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de catorce de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia en el Ingreso Corte N° 322-2023. Acordado con los votos en contra de los Ministros señores Valderrama y Llanos, quienes fueron de la opinión de revocar la resolución apelada y, en consecuencia, acoger la acción constitucional, por las siguientes consideraciones: 1°) Que de los antecedentes aportados por la recurrente y lo manifestado en el informe evacuado por los Ministros recurridos, aparece que el amparado Elidio Alberto Silva Salazar, fue condenado el 13 de noviembre de 2023, por el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón en la causa RIT N° 1439-2023, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad mientras se encontraba vigente la sanción de suspensión de la licencia de conducir. Por la misma resolución, no se le sustituyó la sanción por la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria; 2°) Que, por resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco de 28 de noviembre de 2023, se confirmó la decisión de no otorgar la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria, debiendo, en consecuencia, el recurrente cumplir la sanción en forma efectiva, fundado en que no reunía los requisitos del artículo 8 letra c) de la Ley N° 18.216; 3°) Que el mencionado artículo 8 letra c) dispone que: “La reclusión parcial podrá disponerse: c) Si existieren antecedentes laborales, educacionales o de otra naturaleza similar que justificaren la pena, así como si los antecedentes personales del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito, permitieren presumir que la pena de reclusión parcial lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos”; 4°) Que de los documentos incorporados, se constata que el recurrente tiene un trabajo como jardinero, proporcionando así antecedentes que acreditan s
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Santiago, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de catorce de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia en el Ingreso Corte N° 322-2023. Acordado con los votos en contra de los Ministros señores Valderrama y Llanos, quienes fueron de la opinión de revocar la resolución apelada y, en consecuencia, acoger la acción c
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