INVERSIONES EL BODEGON LIMITADA/BENÍTEZ
Rol
252237-2023
Fecha
2 de enero de 2024
Materia
Reforma
Resultado
SE DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia que confirma la dictada por el Juzgado de Garantía respectivo, la cual rechazó la reapertura de la investigación y decretó el sobreseimiento definitivo. 3° Que, conforme se observa en el recurso presentado, el quejoso, lo que pretende, en realidad, es discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible. 4° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a confirmar la resolución en alzada, dando cuenta latamente de las razones de hecho y jurídicas para ello; lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando – labor privativa de los jueces – los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en ello, en la presente causa, se vislumbre o exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Antonio Fernando Rojas Araya, en representación de Inversiones El Bodegón Limitada. Al primer otrosí; a sus antecedentes; al segundo otrosí; estese a lo decidido; y al tercer y cuarto otrosí; téngase presente. Al escrito folio 319121-2023: estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol Nº 252237-23.
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Antonio Fernando Rojas Araya, en representación de Inversiones El Bodegón Limitada. Al primer otrosí; a sus antecedentes; al segundo otrosí; estese a lo decidido; y al tercer y cuarto otrosí; téngase presente. Al escrito folio 319121-2023: estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol Nº 252237-23.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia que confirma la dictada por el Juzgado de Garantía respectivo, la cual rechazó la reapertura de la investigación y decretó el sobreseimiento definitivo. 3° Que, conforme se observa en el recurso presentado, el quejoso, lo que pretende, en realidad, es discutir en sede disciplinaria un asunt
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