22º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ITAÚ CORPBANCA S.A./PALOMINOS FLORES CLAUDIO - (LTE) - (ACUM. I.C. 3617-2022)

Rol

248291-2023

Fecha

2 de enero de 2024

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, en este juicio ejecutivo sobre cobro de pagaré, seguido ante el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-2225-2020, caratulado “Itaú Corpbanca S.A. con Palominos”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha dos de noviembre de dos mil veintitrés, que confirmó el

Fallo

fallo de primer grado de cuatro de febrero de dos mil veintidós, que acogió la excepción del N°4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil y desestimó las de los numerales 7 y 17 del referido precepto. Segundo: Que el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil dispone que el recurso de casación deberá interponerse dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la sentencia contra la cual se recurre, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 791. A su turno, el artículo 782 del mismo cuerpo legal establece que, elevado un proceso en casación de fondo, el tribunal examinará en cuenta si la sentencia objeto del recurso es de aquéllas contra las cuales lo concede la ley y si éste reúne los requisitos que se establecen en los incisos primeros de los artículos 772 y 776. Tercero: Que, la sentencia definitiva que se recurre fue notificada por el estado diario con fecha dos de noviembre de dos mil veintitrés y el recurso cuya admisibilidad se revisa fue interpuesto el veintiuno de noviembre del mismo año, esto es, en exceso del señalado plazo de quince días. Como puede advertirse, el recurso de casación en el fondo aparece interpuesto de manera absolutamente extemporánea, debiendo así resolverse. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 770, 776 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo, el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Andrés Silva Charpentier en lo principal de la presentación de veintiuno de noviembre de dos mil veintitrés, en contra de la sentencia de dos de noviembre recién pasado. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 248.291-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, dos de enero de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que, en este juicio ejecutivo sobre cobro de pagaré, seguido ante el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-2225-2020, caratulado “Itaú Corpbanca S.A. con Palominos”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por el ejecutante, en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha dos de noviembre de dos mil veintitrés, que confirmó el fallo de primer grado de cuatro de febrero de dos mil veintidós, que acogió la e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica