ANONIMIZADO
Rol
244811-2023
Fecha
19 de diciembre de 2023
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que, previo rechazo de su recurso de casación formal, confirmó la de primera instancia que desestimó la demanda de cuidado personal que interpuso , regulando un régimen comunicacional con ella, dejando a las partes vinculadas a una terapia de apoyo. Segundo: Que la parte recurrente funda el arbitrio en la infracción al artículo 19 N° 3 y 5° de la Constitución Política de la...
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que, previo rechazo de su recurso de casación formal, con
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