DIBAN/ARAYA
Rol
247367-2023
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
Reforma
Resultado
SE DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria de la dictada en primera instancia, sobre la base de la reiteración de las argumentaciones vertidas en las oportunidades procesales correspondientes, con el cuestionamiento y la disconformidad con la declaración en cuanto al monto de una de las condiciones impuestas; con lo que queda de manifiesto que el recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible, ello sin perjuicio como se dijo, de las nuevas alegaciones respecto de lo cuestionado que es el incremento en el monto de la indemnización como parte de una de las condiciones de la suspensión condicional del procedimiento decretado en primera instancia. 3° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a confirmar la resolución en alzada, compartiendo las razones de hecho y jurídicas para ello; - aportando sus propios fundamentos- lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando–labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en ello exista como se dijo una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario, toda vez que no existe una falta o abuso que haga procedente el líbelo intentado, sin que sea óbice aquello la modificación en parte de lo resuelto, y en que no se hubiese consultado al imputado al respecto porque aquello dice relación con una de las condiciones, más no con la salida alternativa propiamente tal. De
Fallo
Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Germán Ovalle, don Claudio Caamaño, don Sebastián Cano, don Cristóbal del Real, y don Gerardo Inserrato, en representación de Tomás Diban Lever. Al primer y cuarto otrosí; estese a lo decidido; al segundo y tercer otrosí; a sus antecedentes; y al quinto y sexto otrosí; téngase presente. Regístrese y archívese. Rol Nº 247367-23. Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros Sres. Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., la Ministra Sra. María Teresa Letelier R., y las Abogadas Integrantes Sras. Pía Tavolari G., y Leonor Etcheberry C. No firma la Abogada Integrante Sra. Tavolari, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria de la dictada en primera instancia, sobre la base de la reiteración de l
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