QUIERO/MINISTROS CORTE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
242159-2023
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en la dictación de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, o en una sentencia definitiva, siempre que, en ambos casos, no sean susceptibles de recurso alguno. Segundo: Que deduce recurso de queja el abogado Gabriel Arancibia Mora, en contra de los miembros de la Corte de Apelaciones de Santiago, Ministras Sra. Maritza Elena Villadangos Frankovich, Sra. Paola Hasbún Mancilla y del abogado integrante Sr. Jorge Gómez Oyarzo, por las faltas o abusos cometidos al dictar la resolución de 25 de octubre del presente año, en los autos Rol Protección N° 1764-2022, a través de la cual se rechaza el recurso de reposición y una solicitud de nulidad, deducidos en contra de aquella que no hace lugar a la solicitud de pedir cuenta a la recurrida respecto del cumplimiento de la sentencia dictada en dichos autos. Tercero: Que, atendida la naturaleza y lo decidido por la resolución recurrida, corresponde concluir que no se ajusta a las características de las descritas en el fundamento primero precedente, y que, por lo tanto, el arbitrio deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por el abogado Gabriel Arancibia Mora, en lo principal de la presentación de dos de noviembre de dos mil veintitrés. Al primer otrosí, no ha lugar; al segundo, tercer y cuarto y quinto otrosíes, estese al mérito de autos. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 242.159-2023.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por el abogado Gabriel Arancibia Mora, en lo principal de la presentación de dos de noviembre de dos mil veintitrés. Al primer otrosí, no ha lugar; al segundo, tercer y cuarto y quinto otrosíes, estese al mérito de autos. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol N° 242.159-2023.-
Texto Completo (Preview)
PAGE 2 Santiago, quince de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procederá cuando la falta o abuso se cometa en la dictación de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, o en una sentencia definitiva, siem
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica