INVERSIONES INMOBILIARIAS MOPAR LIMITADA/CORTE DE APELACIONES DE ARICA
Rol
249134-2023
Fecha
14 de diciembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susceptibles de recurso ordinario o extraordinario alguno. 2.- Que en la especie el libelo incoado por el abogado Daniel Cortés Silva, en el Rol Nº 225-2023 seguido ante la Corte de Apelaciones de Arica lo ha sido respecto de la resolución que rechazó la reposición contra aquella que fijó la fianza de resultas. 3.- Que de lo expuesto se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual solo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Daniel Cortés Silva. Al primer otrosí, no ha lugar; al segundo y tercer otrosíes, estése a lo resuelto; al cuatro otrosí, a sus antecedentes; al quinto otrosí, téngase presente. Al folio N° 313151: a sus antecedentes. Al folio N° 313387: estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 249.134-2023
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja deducido por el abogado Daniel Cortés Silva. Al primer otrosí, no ha lugar; al segundo y tercer otrosíes, estése a lo resuelto; al cuatro otrosí, a sus antecedentes; al quinto otrosí, téngase presente. Al folio N° 313151: a sus antecedentes. Al folio N° 313387: estese a lo resuelto. Regístrese y archívese. Rol Nº 249.134-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintitrés. A la presentación de 4 de diciembre pasado: A lo principal: Visto y teniendo presente: 1.- Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales hace procedente el recurso de queja en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, dictadas con falta o abuso y que no sean susce
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica