DÍAZ FERNANDEZ AGAVE CON FISCO DE CHILE
Rol
162278-2022
Fecha
13 de diciembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADAS CASACIÓN FORMA Y FONDO (M)
Hechos
VISTOS: En estos antecedentes Rol de ingreso Corte Suprema N°162.278-2022, por sentencia de veintiséis de Septiembre de dos mil diecinueve, dictada en los autos Rol C-16351-2017 del 5° Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Díaz con Fisco de Chile” se resolvió acoger la excepción de cosa juzgada opuesta por la parte demandada, y en consecuencia, se rechazó la demanda La referida sentencia fue apelada por el demandante, recurso que fue conocido por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, la que, en Rol N° 15081-2019, por fallo de dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, revocó la sentencia de primer grado, y en su lugar declaró que queda rechazada la excepción de cosa juzgada opuesta por la parte demandada; en seguida rechazó las excepciones de reparación satisfactiva y de prescripción invocadas por el Fisco de Chile y por último hizo lugar a la demanda civil de indemnización de perjuicios, interpuesta por don Adil Brkovic Almonte, en representación de doña Ágave Díaz Fernández, condenándose al Fisco de Chile a pagarle por concepto de daño moral, la suma de $ 100.000.000, (cien millones de pesos), más reajustes desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada hasta su pago efectivo e intereses desde que se constituya en mora, sin costas por haber tenido motivo plausible para litigar. Contra esta última decisión, la demandada dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, que se ordenó traer en relación con fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintidós.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que, el recurrente funda el recurso de casación en la forma, en la causal contemplada en el N°6 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “En haber sido dada contra otra pasada en autoridad de cosa juzgada, siempre que esta se haya alegado oportunamente en el juicio”. Indica que la sentencia definitiva ejecutoriada ya dictada en los autos seguidos ante el 21° Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol N° C-2477-1998, caratulada “Mori Chandia y otros con Fisco de Chile”, sobre indemnización de perjuicios por daño moral por detención y desaparición de su cónyuge, cometidos por agentes del Estado, que declaró la prescripción de la acción patrimonial indemnizatoria, produce la excepción de cosa juzgada respecto a la demanda de indemnización de perjuicios contra el Fisco de Chile impetrada en estos autos, pues conforme con lo dispuesto en el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, se estaría en presencia de la triple identidad, a saber, identidad legal de personas, de cosa a pedir y de causa de pedir, máxime si los hechos en que se funda una y otra demanda son los mismos. Añade que en ambas demandas se interpusieron iguales pretensiones indemnizatorias a las deducidas en la presente causa, basadas en los mismos hechos y también fundada en las normas internacionales, constitucionales y legales que constituyen el estatuto de los derechos humanos y en aquellas que establecen los sistemas de responsabilidad del Estado, las que fueron conocidas y resueltas mediante sentencia definitiva y ejecutoriada que declaró prescrita la acción, como lo señala expresamente el
Fallo
fallo de dieciocho de noviembre de dos mil veintidós, revocó la sentencia de primer grado, y en su lugar declaró que queda rechazada la excepción de cosa juzgada opuesta por la parte demandada; en seguida rechazó las excepciones de reparación satisfactiva y de prescripción invocadas por el Fisco de Chile y por último hizo lugar a la demanda civil de indemnización de perjuicios, interpuesta por don Adil Brkovic Almonte, en representación de doña Ágave Díaz Fernández, condenándose al Fisco de Chile a pagarle por concepto de daño moral, la suma de $ 100.000.000, (cien millones de pesos), más reajustes desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada hasta su pago efectivo e intereses desde que se constituya en mora, sin costas por haber tenido motivo plausible para litigar. Contra esta última decisión, la demandada dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, que se ordenó traer en relación con fecha veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. CONSIDERANDO: 1°) Que, el recurrente funda el recurso de casación en la forma, en la causal contemplada en el N°6 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “En haber sido dada contra otra pasada en autoridad de cosa juzgada, siempre que esta se haya alegado oportunamente en el juicio”. Indica que la sentencia definitiva ejecutoriada ya dictada en los autos seguidos ante el 21° Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol N° C-2477-1998, caratulada “Mori Chandia y otros con Fisco de Chile”, sobre indemnización de perjuicios por daño moral por detención y desaparición de su cónyuge, cometidos por agentes del Estado, que declaró la prescripción de la acción patrimonial indemnizatoria, produce la excepción de cosa juzgada respecto a la demanda de indemnización de perjuicios contra el Fisco de Chile impetrada en estos autos, pues conforme con lo dispuesto en el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, se estaría en presencia de la triple identidad, a saber, identidad legal de personas, de cosa a pedir y de causa de pedir, máxime si los hechos en que se funda una y otra demanda son los mismos. Añade que en ambas demandas se interpusieron iguales pretensiones indemnizatorias a las deducidas en la presente causa, basadas en los mismos hechos y también fundada en las normas internacionales, constitucionales y legales que constituyen el estatuto de los derechos humanos y en aquellas que establecen los sistemas de responsabilidad del Estado, las que fueron conocidas y resueltas mediante sentencia definitiva y ejecutoriada que declaró prescrita la acción, como lo señala expresamente el fallo de alzada, siendo innecesario reproducir dichos antecedentes. Pide se invalide el fallo que por este acto se impugna y se dicte acto continuo y sin nueva vista, sentencia que, con arreglo a la ley, confirme la de primera instancia que acogió la excepción de cosa juzgada y, en consecuencia, rechace la demanda interpuesta por doña Ágave Díaz Fernández, en todas sus partes, en virtud de los fundamentos
Texto Completo (Preview)
16 Santiago, trece de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS: En estos antecedentes Rol de ingreso Corte Suprema N°162.278-2022, por sentencia de veintiséis de Septiembre de dos mil diecinueve, dictada en los autos Rol C-16351-2017 del 5° Juzgado Civil de Santiago, caratulados “Díaz con Fisco de Chile” se resolvió acoger la excepción de cosa juzgada opuesta por la parte demandada, y en consecuencia, se rechazó la demanda La referida sentencia fue apelada por el demandante, recurso que fue conocido por una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, la que, en Rol N° 15081-2019, por fallo de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica