A.F.P. SANTA MARIA S.A. CON I MUNICIPALIDAD DE ESTACION CENTRAL
Rol
P-24970-2008
Fecha
26 de noviembre de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT P-24970-2008, RUC: 08- 3-0044095-K, con fecha 19 de junio de 2008, comparece don Manuel Figueroa Saavedra, abogado, en representación de la AFP Santa María S.A., ambos domiciliados en Avenida Bernardo O’Higgins N°949, oficina 901-A, comuna de Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en juicio de cobro de cotizaciones previsionales en contra de la Ilustre Municipalidad de Estación Central, representada por don Felipe Eduardo Muñoz Vallejos, ambos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 3920, comuna de Estación Central. Funda su demanda en la resolución acompañada en su libelo, Resolución de Cobranza Nº D-759473 de fecha 22 de mayo 2008, correspondiente a las cotizaciones previsionales del periodo de noviembre de 2007, perteneciente a la trabajadora Marisol Aburto Cañas, que en dicha resolución se indica. Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo que se tenga por interpuesta la demanda ejecutiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Estación Central, y se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $15.000, más reajustes, intereses penales y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo se siga adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado, todo con costas. Se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despachándose el respectivo mandamiento de ejecución y embargo por la suma demandada. Con fecha 6 y 7 de marzo de 2023, se notificó la demanda y se practicó el requerimiento de pago a la ejecutada, respectivamente. Con fecha 11 de marzo de 2023, compareció don Juan Pablo Labrín Devia, abogado, en representación de la ejecutada, oponiéndose a la ejecución, mediante la excepción del N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la prescripción de la acción de cobro de Código: VFUXBKXWUSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cotizaciones prevision
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Manuel Figueroa Saavedra, abogado, en representación de AFP Santa María, quien interpone demanda ejecutiva en juicio de cobro de cotizaciones previsionales en contra de la Ilustre Municipalidad de Estación Central, representada por don Gustavo Hasbún Selume, todos ya individualizados. Funda su demanda en el hecho que la ejecutada adeudaría a su representada la suma de $15.000, según la Resolución de Cobranza Nº D-759473 de fecha 22 de mayo 2008, correspondiente a las cotizaciones previsionales del periodo de noviembre de 2007, perteneciente a la trabajadora Marisol Aburto Cañas, que en dicha resolución se indica.
Fallo
Por lo expuesto y disposiciones legales que invoca, concluye pidiendo que se tenga por interpuesta la demanda ejecutiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Estación Central, y se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $15.000, más reajustes, intereses penales y costas que se determinen al momento del pago efectivo, disponiendo se siga adelante la ejecución hasta el íntegro pago de lo adeudado, todo con costas. Se tuvo por interpuesta demanda ejecutiva, despachándose el respectivo mandamiento de ejecución y embargo por la suma demandada. Con fecha 6 y 7 de marzo de 2023, se notificó la demanda y se practicó el requerimiento de pago a la ejecutada, respectivamente. Con fecha 11 de marzo de 2023, compareció don Juan Pablo Labrín Devia, abogado, en representación de la ejecutada, oponiéndose a la ejecución, mediante la excepción del N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la prescripción de la acción de cobro de Código: VFUXBKXWUSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cotizaciones previsionales, en relación con al artículo 31 Bis de la Ley N° 17.322. Con fecha 15 de marzo de 2023 se confirió traslado a la parte ejecutante. Por resolución de fecha 28 de febrero de 2024, se tuvo por evacuado el traslado conferido, en rebeldía de la ejecutante y, se recibió la causa a prueba por el término legal. Vencido el término probatorio y encontrándose los au
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Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos autos RIT P-24970-2008, RUC: 08- 3-0044095-K, con fecha 19 de junio de 2008, comparece don Manuel Figueroa Saavedra, abogado, en representación de la AFP Santa María S.A., ambos domiciliados en Avenida Bernardo O’Higgins N°949, oficina 901-A, comuna de Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en juicio de cobro de cotiz
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