20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

LEGALCHILE S.A. CON CHUBB SEGUROS CHILE S.A (GP)

Rol

137715-2022

Fecha

12 de diciembre de 2023

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En estos autos Rol N° 137.715-2022 sobre medida prejudicial precautoria, caratulados “Legal Chile S.A. con Chubb Seguros Chile S.A.”, seguidos ante el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol Nº 18.692-2020, la solicitante dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago de veintiocho de septiembre de dos mil veintidós, que confirmó la resolución de primer grado de primero de febrero de dos mil veintiuno, que acogió el incidente de incompetencia opuesta por la demandada Chubb Seguros Chile S.A. Se ordenó traer los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente denuncia infracción al artículo 1545 del Código Civil, en relación con los artículos 1560 y 1561 del mismo cuerpo normativo y letra b) del artículo 228 del Código Orgánico de Tribunales. Expresa, respecto del primer grupo de normas infringidas, que la materia sobre la que versa la medida prejudicial de exhibición de documentos, así como la acción anunciada en la misma, no guardan ninguna relación con el contrato que mantienen las partes, ni con la cláusula compromisoria que aquel contiene que solo se aplica a las materias sobre las que se ha contratado y no se puede extender a otras; los términos literales del contrato permiten concluir que la cláusula arbitral solo se circunscribe a aquel contrato y no a otros ilimitados conflictos que podrían surgir entre las partes. En lo relativo al segundo grupo de infracciones, sostiene que la acción anunciada no es de aquellos casos a que se refiere el artículo 227 del Código Orgánico de Tribunales y que la misma no tiene relación directa con el contrato de prestación de servicios celebrado entre las partes, de manera que no correspondía acoger ni confirmar el incidente de incompetencia, ya que el recurrente no puede ser obligada a someterse a juicio de árbitros. Afirma que el vicio denunciado no genera dudas y su infracción ha influido en lo dispositivo del fallo, ya que de aplicarse correctamente el artículo 228 del Código Orgánico de Tribunales, se habría acogido su recurso de apelación, en consideración a que la recurrente no puede ser obligada a someterse a arbitraje cuando la ley no lo ordena y cuando no lo ha convenido. Pide se anule el

Fallo

fallo recurrido, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo, acogiendo el recurso de apelación y rechazando el incidente de incompetencia, con costas. SEGUNDO: Que para la adecuada comprensión de arbitrio intentado en autos cabe precisar los siguientes antecedentes relevantes del proceso: a) Comparece LegalChile S.A., quien solicitó decretar como medida prejudicial preparatoria la exhibición de los documentos que indica en contra de Chubb Seguros Chile S.A. Refiere que se propone deducir una demanda de nulidad, inoponibilidad u otra ineficacia respecto de la modificación de los contratos de seguro relativos al cambio de compañía aseguradora efectuado entre los meses de enero de 2019 y noviembre de 2020 (y los que se realicen en lo sucesivo), en virtud de las cuales se sustituyó a Sura por Chubb como asegurador, celebrado entre el Banco de Chile, Banchile Corredora de Seguros Limitada y Chubb. 2.- La futura demandada Chubb Seguros Chile S.A. interpuso la excepción dilatoria de incompetencia del tribunal contemplada en el número 1 del artículo 303 del Código de Procedimiento Civil, fundada en que el tribunal no es competente para conocer, toda vez que la cláusula novena del contrato firmado entre las partes, señala que en caso de cualquier dificultad producida respecto a la aplicación, interpretación, duración validez o ejecución del contrato, o en definitiva cualquier motivo, el conflicto será sometido a un arbitraje. 3.- La solicitante pidió el rechazo del incident

Texto Completo (Preview)

PAGE Santiago, doce de diciembre de dos mil veintitrés. A los escritos folios N°s 309464 y 309466: a todo, téngase presente. VISTOS: En estos autos Rol N° 137.715-2022 sobre medida prejudicial precautoria, caratulados “Legal Chile S.A. con Chubb Seguros Chile S.A.”, seguidos ante el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol Nº 18.692-2020, la solicitante dedujo recurso de casación en el fon

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