TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE CASTRO

CARABINERO WILSON PIZARRO PINO C/ CRISTIAN ALEJANDRO GUERRERO GUICHAQUELEN

Rol

244313-2023

Fecha

6 de diciembre de 2023

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1° Que la defensa de Cristián Guerrero Huichaquelen, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, por la cual fue condenado como autor del delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves y leves, sin haber obtenido licencia de conducir. 2° Que por el líbelo intentado se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, a la presunción de inocencia, cuestionando la prueba, su valoración y la decisión de condena. 3° Que el Ministerio Público solicitó la remisión de los antecedentes a la Corte de Apelaciones respectiva por estimar que lo alegado podría corresponder al motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. 4° Que de una atenta lectura del líbelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea el líbelo, tener como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 244313-23.

Fallo

fallo de primera instancia, podría en la forma en que se plantea el líbelo, tener como sustento real un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 letra e) del cuerpo legal antes citado, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 244313-23.

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos: 1° Que la defensa de Cristián Guerrero Huichaquelen, recurre de nulidad en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, por la cual fue condenado como autor del delito de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves y leves, sin haber obtenido licencia de conducir. 2° Que por el líbelo intentado se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, a la presunción de inocencia, cuestionando la prueba, su valoració

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica