TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE COPIAPO

RODRÍGUEZ/CID

Rol

245156-2023

Fecha

6 de diciembre de 2023

Materia

Reforma

Resultado

INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que la sentencia que se pronuncia sobre un recurso de nulidad no constituye instancia de modo que no comparte la naturaleza de aquéllas resoluciones que hacen procedente el recurso de queja; a lo que cabe agregar que de conformidad a lo prevenido en el artículo 387 del Código Procesal Penal contra dicha resolución, no procede recurso alguno. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por don Sebastián Tello Mura por José Miguel Rodríguez Serey. A la solicitud de actuar de oficio, a la remisión, al plazo para acompañar el certificado, a la orden de no innovar solicitada; estese a lo decidido; a los documentos acompañados, a sus antecedentes. A los escritos folios 305137-23 y 310012-23, téngase presente, a sus antecedentes y estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol N° 245156- 2023.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por don Sebastián Tello Mura por José Miguel Rodríguez Serey. A la solicitud de actuar de oficio, a la remisión, al plazo para acompañar el certificado, a la orden de no innovar solicitada; estese a lo decidido; a los documentos acompañados, a sus antecedentes. A los escritos folios 305137-23 y 310012-23, téngase presente, a sus antecedentes y estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol N° 245156- 2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que la sentencia que se pronuncia sobre un recurso de nulidad no constituye instancia de modo que no comparte la naturaleza de aquéllas resoluciones que hacen procedente el recurso de queja; a lo que cabe agregar que de conformidad a lo prevenido en el artículo 387 del Código Procesal Penal contra dicha resolución, no procede recurso alguno. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 545 y 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja interpuesto por don Sebastián Tello Mura

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