HINOJOSA/MIRANDA
Rol
245233-2023
Fecha
4 de diciembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZADO RECURSO DE HECHO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos antecedentes, rol de esta Corte Suprema N.º 245.233-2023, la parte recurrente ha deducido recurso de hecho impugnando la resolución dictada el 15 de noviembre de 2023 por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el recurso de protección rol N.º 15.825-2023, a través de la cual se denegó la apelación interpuesta por el recurrente, de manera subsidiaria a la reposición, en contra de la resolución de 7 de noviembre de 2023, la que, a su vez, declaró inadmisible el recurso de protección. Segundo: Que, según consta en la carpeta digital de la causa en que incide el recurso, son hechos relevantes para la resolución del presente recurso de hecho los siguientes: a) El 5 de noviembre de 2023, el recurrente interpuso la acción constitucional. b) El 7 de noviembre de 2023, el libelo fue declarado inadmisible. c) El 13 de noviembre de 2023, el recurrente dedujo reposición y, en subsidio, apeló en contra de la resolución de inadmisibilidad. d) El 15 de noviembre de 2023, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reposición, y denegó la apelación, por extemporánea. e) El 17 de noviembre de 2023, el recurrente interpuso el presente recurso de hecho. Tercero: Que el “verdadero” recurso de hecho es la vía procesal contemplada por el legislador para que la parte agraviada por la resolución que erróneamente deniega la concesión del recurso de apelación, sea enmendada por el superior jerárquico, obteniendo de este modo la corrección de la providencia erradamente librada. Señala el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil: “Si el tribunal inferior deniega un recurso de apelación que ha debido concederse, la parte agraviada podrá ocurrir al superior respectivo, dentro del plazo de cinco días contado desde la notificación de la negativa, para que declare admisible dicho recurso”. Cuarto: Que, lo hasta ahora expuesto, deja en evidencia la inviabilidad del arbitrio en estudio, toda vez que de la simple revisión d
Fallo
Fallo del Recurso de Protección. De conformidad, asimismo, con lo dispuesto por los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido en lo principal de la presentación de diecisiete de noviembre de dos mil veintitrés. Al otrosí, a sus antecedentes. Regístrese y archívese. Rol Nº 245.233-2023.
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1 PAGE Santiago, cuatro de diciembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, en estos antecedentes, rol de esta Corte Suprema N.º 245.233-2023, la parte recurrente ha deducido recurso de hecho impugnando la resolución dictada el 15 de noviembre de 2023 por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el recurso de protección rol N.º 15.825-2023, a través de la cual se denegó la
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