Jdo. de Letras del Trabajo de Talca

LAVIN CON ASOCIACION CANAL MAULE

Rol

C-90-2025

Fecha

12 de junio de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Partes del juicio. Que son partes en esta causa cumplimiento laboral, RIT C-90-2025, RUC 25- 3-0101582-0, seguida ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, don JULIO AGUSTÍN LAVÍN RETAMAL, trabajador dependiente, domiciliado en Parcela 15, El Milagro, comuna de San Rafael, como demandante y ASOCIACIÓN CANAL MAULE, persona jurídica del giro de su denominación, representado por don José Manuel Silva Hurtado, se ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en 3 Sur N° 2250 de Talca, como demandado. Segundo: Sentencia procedimiento declarativo. A folio 21, el 23/04/2025, se recepcionó en sede de cumplimiento la causa seguida ante Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, caratulada “Lavín/Asociación Canal Maule.” Rit: T-136-2023, a objeto de proseguir el cumplimiento de la sentencia dictada con fecha 31 de mayo de dos 2024, en la que se resolvió lo siguiente: “I.- Que se rechaza la demanda de tutela de derechos fundamentales con ocasión de despido y daño moral, deducida por don Julio Agustín Lavín Retamal, deducida en contra de su ex empleador, Asociación Canal Maule, representado por don José Manuel Silva Hurtado, ya individualizados. II.- Que se acoge la demanda de despido injustificado deducida por don Julio Agustín Lavín Retamal, deducida en contra de su ex empleador, Asociación Canal Maule, representado por don José Manuel Silva Hurtado, declarándose que el despido del demandante es improcedente, por lo que la demandada le deberá Código: XRCKXWBJTJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl pagar las siguientes prestaciones: a.- Incremento legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, la suma de $10.718.576. b.- Deberá restituir lo descontado por concepto de seguro de cesantía, la suma de $8.161.767. Las sumas ordenadas pagar deberán intereses y reajustes en la forma que los disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. En lo demás se rechaza la demanda. III.- Atendido que se rechazaron dos acciones y solo se accedió a la subsidiaria, cada parte pagará sus costas”. Tercero: Oposición de excepciones: A folio 21, el 09/05/2025, comparece la parte demandada ya individualizada quien de conformidad con el artículo 470 del Código del Trabajo, opone las excepciones de pago y, en subsidio, excepción de novación, ambas referidas a la devolución por concepto de aporte del empleador al Seguro de Cesantía demandado en autos, de acuerdo con los argumentos de derecho que a continuación expone: Excepción de pago. Indica que en estos autos se está pretendiendo la ejecución del monto de $10.318.804.- por concepto del monto demandado en la especie por devolución del descuento efectuado por la empresa al momento del despido del demandante, referido al aporte efectuado al Seguro de Cesantía del extrabajador. Como bien se sabe, el artículo 15 de la Ley N°19.728 regula la modalidad de retiro de los fondos de la Cuenta Individual por Cesantía y cita, ademá

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la excepción de pago deducida a folio 21, el 23/04/2025, por la parte ejecutada. II.- En consecuencia, no se hace lugar a proseguir con la ejecución que dio origen la causa Rit T-136-2023, caratulada “Lavín/Asociación Canal Maule”, de este tribunal. IV.- Atendido que en la causa declarativa no hubo condena en costas, se mantiene tal disposición. Notifíquese vía correo electrónico a las partes litigantes que lo posean, regístrese, dese copia autorizada a la parte que lo requiera y archívese en su oportunidad RIT: C-90-2025 RUC: 25- 3-0101582-0 Código: XRCKXWBJTJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictó don JUAN MARCELO BRUNA PARADA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. En Talca a doce de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: XRCKXWBJTJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-12T08:29:18-0400

Texto Completo (Preview)

Causa Ruc N° 25- 3-0101582-0 Rit C-90-2025 Materia Cumplimiento laboral Demandante Julio Agustín Lavín Retamal C.I. 8.337.469-1 Abogado Nicolás Andrés Salhus Mardones C.I. 15.370.746-4 Demandado Asociación Canal Maule Rut 82.051.900-0 Abogado Carlos Gutiérrez De Torres C.I. 15.971.692-9 Ingreso 23/04/2025 Cit. oír sentencia 10/06/2025 Juez Juan Marcelo Bruna Parada ********************************

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