SCOTIABANK-CHILE/DÍAZ - (LTE)
Rol
217722-2023
Fecha
13 de noviembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento sumario seguido ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-14842-2019, caratulado “Scotiabank- Chile con Díaz”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, de fecha tres de agosto de dos mil veintitrés, que confirmó el fallo de primer grado de diecisiete de abril de dos mil veinte, que acogió la excepción de prescripción. Segundo: Que la recurrente de nulidad sustancial denuncia infringidos los artículos 1551, 1560, 1561, 1562, 1563, 1564, 2492, 2503, 2514, 2515 y 2518 del Código Civil en relación con lo dispuesto en el artículo 680 N°7 del Código de Procedimiento Civil. Asegura que consta en autos que el acreedor no ha caído en la inactividad en su calidad de titular de derechos, desde que dedujo demanda sumaria de cobro de pesos dentro de los dos años siguientes en los que subsiste la acción como ordinaria. Agrega que, en definitiva, no fue sino el 14 de enero de 2019, que se declaró la prescripción de la acción ejecutiva y que en dicho mérito ha surgido el derecho de ejercer la acción ordinaria consagrada en el artículo 680 numero 7° del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que la sentencia cuestionada acogió la excepción de prescripción constatando como un hecho de la causa que la demandante presentó la demanda ejecutiva ante el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-28.798-2012, el día 20 de diciembre de 2012 y fue notificada al ejecutado el día 4 de julio de 2018. Sostienen los sentenciadores que habiéndose hecho efectiva la cláusula de aceleración al interponer la demanda ejecutiva y al tenérsele por notificado con fecha 8 de agosto de 2019 de la demanda en este juicio sumario, transcurrió en exceso el plazo en que prescribe la acción ordinaria en la que se transforma la ejecutiva, en conformidad al artículo 2515 d
Fallo
fallo de primer grado de diecisiete de abril de dos mil veinte, que acogió la excepción de prescripción. Segundo: Que la recurrente de nulidad sustancial denuncia infringidos los artículos 1551, 1560, 1561, 1562, 1563, 1564, 2492, 2503, 2514, 2515 y 2518 del Código Civil en relación con lo dispuesto en el artículo 680 N°7 del Código de Procedimiento Civil. Asegura que consta en autos que el acreedor no ha caído en la inactividad en su calidad de titular de derechos, desde que dedujo demanda sumaria de cobro de pesos dentro de los dos años siguientes en los que subsiste la acción como ordinaria. Agrega que, en definitiva, no fue sino el 14 de enero de 2019, que se declaró la prescripción de la acción ejecutiva y que en dicho mérito ha surgido el derecho de ejercer la acción ordinaria consagrada en el artículo 680 numero 7° del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que la sentencia cuestionada acogió la excepción de prescripción constatando como un hecho de la causa que la demandante presentó la demanda ejecutiva ante el Vigésimo Segundo Juzgado Civil de Santiago en causa Rol C-28.798-2012, el día 20 de diciembre de 2012 y fue notificada al ejecutado el día 4 de julio de 2018. Sostienen los sentenciadores que habiéndose hecho efectiva la cláusula de aceleración al interponer la demanda ejecutiva y al tenérsele por notificado con fecha 8 de agosto de 2019 de la demanda en este juicio sumario, transcurrió en exceso el plazo en que prescribe la acción ordinaria en la que se tr
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Santiago, trece de noviembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento sumario seguido ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-14842-2019, caratulado “Scotiabank- Chile con Díaz”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la sentencia de la Cor
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