1º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

VALENZUELA/GARCÍA

Rol

199502-2023

Fecha

13 de noviembre de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento ordinario seguido ante el Primer Juzgado Civil de Temuco, bajo el rol C-4409-2018, caratulado “Valenzuela con García”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de esa ciudad, de veintisiete de julio de dos mil veintitrés, que confirmó el fallo de primer grado de veintitrés de septiembre de dos mil veintidós, por el que se acogió la demanda de determinación del monto de los perjuicios, con declaración de reducir el monto de la indemnización concedida. Segundo: Que la recurrente de casación denuncia infringidos los artículos 160, 173 y 176 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 1556 y 2077 del Código Civil. En el segundo capítulo reclama la contravención de los artículos 822 del Código de Comercio en relación con los artículos 2492 y 1556 del Código de Bello. Señala que la infracción se comete al desechar la excepción de cosa juzgada opuesta respecto de la sentencia arbitral que se ha invocado como antecedente para esta actual demanda de determinación de perjuicios. Señala que la sentencia arbitral condenó a los demandados en calidad de administradores de la sociedad conformada con el actor, pero que, al acceder a la reserva solicitada para discutir posteriormente el monto de los perjuicios, lo hizo respecto de la acción dirigida en contra de los demandados en su calidad de socios, que fue rechazada en lo resolutivo. De esta manera, asegura que lo resuelto por el tribunal arbitral y confirmado por la Corte de Apelaciones de Temuco no puede ser declarado como un error en el actual juicio en que se discute el monto de los perjuicios y tiene el efecto de cosa juzgada, razón por la que la demanda debió ser rechazada. En el segundo capítulo, destaca que el tribunal arbitral acogió la acción en contra de sus representados en su calidad de administradores de la sociedad de la qu

Fallo

fallo de primer grado de veintitrés de septiembre de dos mil veintidós, por el que se acogió la demanda de determinación del monto de los perjuicios, con declaración de reducir el monto de la indemnización concedida. Segundo: Que la recurrente de casación denuncia infringidos los artículos 160, 173 y 176 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 1556 y 2077 del Código Civil. En el segundo capítulo reclama la contravención de los artículos 822 del Código de Comercio en relación con los artículos 2492 y 1556 del Código de Bello. Señala que la infracción se comete al desechar la excepción de cosa juzgada opuesta respecto de la sentencia arbitral que se ha invocado como antecedente para esta actual demanda de determinación de perjuicios. Señala que la sentencia arbitral condenó a los demandados en calidad de administradores de la sociedad conformada con el actor, pero que, al acceder a la reserva solicitada para discutir posteriormente el monto de los perjuicios, lo hizo respecto de la acción dirigida en contra de los demandados en su calidad de socios, que fue rechazada en lo resolutivo. De esta manera, asegura que lo resuelto por el tribunal arbitral y confirmado por la Corte de Apelaciones de Temuco no puede ser declarado como un error en el actual juicio en que se discute el monto de los perjuicios y tiene el efecto de cosa juzgada, razón por la que la demanda debió ser rechazada. En el segundo capítulo, destaca que el tribunal arbitral acogió la acción en contra de

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Santiago, trece de noviembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que en este procedimiento ordinario seguido ante el Primer Juzgado Civil de Temuco, bajo el rol C-4409-2018, caratulado “Valenzuela con García”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones

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