ANONIMIZADO
Rol
32626-2022
Fecha
9 de noviembre de 2023
Materia
Reforma Laboral
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia de nulidad dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena el seis de junio de dos mil veintidós, con excepción de sus motivaciones 12° y 13°, que se eliminan. Asimismo, se dan por reproducidos los razonamientos quinto a décimo de la sentencia de unificación de jurisprudencia que antecede. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que son hechos acreditados que la demandante prestó servicios en favor de la demandada, que se desarrollaron bajo ...
Texto Completo (Preview)
Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintitrés. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 483-C del Código del Trabajo, se dicta la sentencia de reemplazo que sigue en unificación de jurisprudencia. Vistos: Se reproduce la sentencia de nulidad dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena el seis de junio de dos mil veintidós, con excepción de sus motivaciones 12° y 13°, que se eliminan
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