Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON TRANSPORTE H Y G S A

Rol

P-1934-2017

Fecha

6 de junio de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: 1.- Lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 17.322. 2.- Que el catálogo taxativo de excepciones a oponerse en este tipo de juicios de cobranza de seguridad social entre las cuales no se incluye ninguna de las alegadas, por estas consideraciones, se rechazan las excepciones de: ineptitud del Libelo por falta de algún requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 254; falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado; la excepción de la nulidad de la obligación y; de caducidad de la acción. RIT: P-1934-2017 RUC: 17-3-0065138-0 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a seis de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: BCVXXVXUKBY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-06T14:05:36-0400

Fallo

por estas consideraciones, se rechazan las excepciones de: ineptitud del Libelo por falta de algún requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 254; falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado; la excepción de la nulidad de la obligación y; de caducidad de la acción. RIT: P-1934-2017 RUC: 17-3-0065138-0 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a seis de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: BCVXXVXUKBY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-06T14:05:36-0400

Texto Completo (Preview)

Pwc San Miguel, seis de junio de dos mil veinticinco. Téngase por evacuado en rebeldía de la parte ejecutante, el traslado conferido, de acuerdo a resolución de fecha 28 de febrero de 2020 (Folio N°17). Proveyendo derechamente lo principal de la presentación de fecha 02 de febrero del año 2020 (Folio N°9): Vistos: 1.- Lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 17.322. 2.- Que el catálogo taxativo

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