A.F.P. CAPITAL S.A. CON DIAZ
Rol
P-5132-2014
Fecha
6 de junio de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa RIT P-5132-2014, Raúl Troncoso Delpiano, abogado, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S.A., Rut N° 98.000.000-1, del giro de su denominación, con domicilio en Avenida Suecia N° 211, piso 11, Santiago, interpone demanda ejecutiva en contra de JESSICA VERÓNICA DÍAZ MELLADO, Rut N° 9.292.090-9, se ignora actividad, domiciliada en Santa Clara, Villa Hermosa 1209, Rancagua, por la suma de $33.338.-, por concepto de cotizaciones previsionales impagas de los trabajadores individualizados en la resolución que acompaña, más los reajustes, intereses y recargos contemplados en el artículo 19 incisos 8°, 9°, 10° y 11° del Decreto Ley N° 3.500, entre la fecha en que las referidas cotizaciones debieron ser pagadas y el día de su pago efectivo. Agrega que las resoluciones acompañadas tienen mérito ejecutivo, la deuda es líquida, actualmente exigible y la obligación no se encuentra prescrita. Solicita tener por entablada demanda ejecutiva en contra de Jessica Verónica Díaz Mellado, ordenar se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $33.338.-, más los reajustes, intereses y recargos establecidos en el D.L. N° 3.500 de 1980, devengados entre la fecha en que las referidas cotizaciones debieron ser pagadas y el día de su pago efectivo, ordenando, en definitiva, se siga adelante con la ejecución hasta el entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Que en escrito posterior, se amplió la demanda, por la suma de $33.338.-, solicitándose seguir adelante con la ejecución por el total de $66.676.-, más reajustes, intereses, recargos y costas. SEGUNDO: Que JESSICA VERÓNICA DÍAZ MELLADO, educadora de párvulos, domiciliada para estos efectos en O’Higgins N° 792, San Bernardo, Región Metropolitana, opone excepción de prescripción conforme a los artículos 5 N° 5 y 31 bis de la Ley N° 17.322, en relación al artículo 464 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y artículo 19 inciso 19° del Decreto Ley N° 3.500 de 1980. Expone que con fecha 05 de diciembre de 2014, AFP Capital S.A., interpuso demanda ejecutiva laboral por cobro de cotizaciones previsionales, correspondiente a un monto nominal de $33.338.-, correspondiente a resolución N° 0003071429, en relación al trabajador José Luis Bustamante Gálvez, por el periodo de mayo de 2014, y posteriormente, el 09 de enero de 2015, se amplió la demanda respecto del mismo trabajador, por el periodo de junio de 2014, por $33.338.-, Código: FMRYXWVKUMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl conforme resolución N° 0003082795, lo que implicó un cobro total por $66.676.-. Que ni la demanda, su ampliación y requerimiento nunca le fueron notificados formalmente, y la última resolución recaída en la causa data del 19 de julio de 2018, la que recayó respecto de notificación que no fue llevada a cabo al no habitar en el domicilio señalado. Agrega que el proceso quedó en inact
Fallo
por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil y Ley N° 17.322, se declara: I. Que se rechaza la excepción de prescripción opuesta por la parte ejecutada. II. Liquídense por funcionario habilitado las imposiciones y los intereses devengados desde que el deudor incurrió en mora y hasta la fecha de dictación de este fallo. III. Liquídense, en su oportunidad, los intereses que se devenguen con posterioridad hasta el total y cumplido pago de la obligación y calcúlese el reajuste de la deuda, si procediere. IV. Que se condena en costas a la parte ejecutante, por haber sido totalmente vencida, las que se regulan en la suma de $30.000.-. Notifíquese la presente sentencia por correo electrónico dirigido a los abogados de las partes. ANÓTESE, DÉJESE COPIA AUTORIZADA EN EL REGISTRO DE SENTENCIAS, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. RIT P-5132-2014 RUC 14- 3-0354149-8 Pronunciada por don ALONSO FREDES HERNÁNDEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua. Rancagua, a seis de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario el hecho de haberse dictado sentencia en la causa. Código: FMRYXWVKUMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-06T10:58:36-0400
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Rancagua, seis de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa RIT P-5132-2014, Raúl Troncoso Delpiano, abogado, en representación de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CAPITAL S.A., Rut N° 98.000.000-1, del giro de su denominación, con domicilio en Avenida Suecia N° 211, piso 11, Santiago, interpone demanda ejecutiva en contra de JESSICA VERÓNICA DÍAZ MELLAD
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