ARANZALES CAÑAVERAL JOSE CONTRA SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.
Rol
235584-2023
Fecha
7 de noviembre de 2023
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que de los antecedentes agregados a la presente acción constitucional aparece que la resolución que rechaza la solicitud de regularización del amparado y dispone que debe hacer abandono del territorio nacional, se sustenta en la condena que le impuso el Juzgado de Garantía de Antofagasta, mediante sentencia de 15 de marzo de 2017, y que se encuentra cumplida. 2°) Que, el extenso período que ha transcurrido desde la ocurrencia del ilícito que no le permite permanecer en nuestro país, desde luego que impone a la recurrida el deber de revisar los
Fundamentos
fundamentos de esa decisión, a la luz de la actual situación familiar y laboral del amparado. 3°) Que, por otra parte, se debe considerar que el amparado vive en este país desde el año 2016, y que desde ese tiempo ha contraído matrimonio con ciudadana chilena, y sin que exista información que dé cuenta de su participación en actividades apartadas de la ley, salvo el ilícito por la que fue condenada en su oportunidad. 4°) Que como corolario de todo lo razonado, se concluye que la actual situación personal y familiar del amparado, justifica que la autoridad reconsidere su decisión, pues de otro modo, la orden de abandono atacada seguirá siendo un impedimento para regularizar su condición migratoria, afectando con ello su libertad ambulatoria en contravención con lo que establece la Carta Fundamental, motivo por el cual, la acción de amparo deducida en su favor será acogida en los términos que se indicará en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de dos de octubre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta en el ingreso 315-2023, y en consecuencia, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de José Daniel Aranzales Cañaveral, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por lo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 23.341.872, de 6 de septiembre del año en curso, únicamente en el acápite que ordena su abandono del territorio nacional, sin perjuicio que el amparado pueda ingresar una nueva petición de residencia, fundado en su vínculo familiar con chilena. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Letelier, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese, comuníquese y devuélvase. N° 235.584-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de noviembre de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 299.056-2023: téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°) Que de los antecedentes agregados a la presente acción constitucional aparece que la resolución que rechaza la solicitud de regularización del amparado y dispone que debe hacer abandono del territorio nacional, se sustenta en la condena que le impuso e
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