ROJAS ROJAS, MIRIAM DEL CARMEN/ACUÑA ROJAS, LORENA LEOPOLDINA
Rol
239553-2023
Fecha
6 de noviembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario, tramitado ante el Juzgado de Letras de Los Vilos, bajo el Rol C-116-2022, caratulado “Rojas/Acuña”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma, deducido por la demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena, que revocó la resolución que acogió la excepción de litis pendencia y, en su lugar, la rechazó, ordenando al tribunal emitir pronunciamiento sobre la excepción de ineptitud del libelo. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en la forma procede contra las sentencias definitivas, contra las interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar el día de la vista de la causa. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no reviste la naturaleza jurídica de aquellas a que se refiere el mencionado artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual no resulta procedente la casación en examen. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Sergio Peralta Morales, en representación de la demandada, en contra de la sentencia de dos de octubre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena. Regístrese y devuélvase. N° 239.553-2023
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Sergio Peralta Morales, en representación de la demandada, en contra de la sentencia de dos de octubre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena. Regístrese y devuélvase. N° 239.553-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ordinario, tramitado ante el Juzgado de Letras de Los Vilos, bajo el Rol C-116-2022, caratulado “Rojas/Acuña”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma, deducido por la demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena, que
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