1º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/MUÑOZ

Rol

238294-2023

Fecha

6 de noviembre de 2023

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN FORMA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo, tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de Puerto Montt, bajo el Rol C-4169-2019, caratulado “Banco Crédito e Inversiones/Muñoz”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma, deducido por la parte ejecutada, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, que revocó la resolución de primera instancia de nueve de agosto último, por medio de la cual se negó lugar a la solicitud de citar a las partes a oír sentencia y, en su lugar, ordenó dictar las resoluciones que en derecho correspondan. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en la forma procede contra las sentencias definitivas, contra las interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar el día de la vista de la causa. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no reviste la naturaleza jurídica de aquellas a que se refiere el mencionado artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual no resulta procedente la casación en examen. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Cristian Leonidas Fuentes Barrientos, en representación de la ejecutada, en contra de la sentencia de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Regístrese y devuélvase. N° 238.294-2023

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Cristian Leonidas Fuentes Barrientos, en representación de la ejecutada, en contra de la sentencia de veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Regístrese y devuélvase. N° 238.294-2023

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo, tramitado ante el Primer Juzgado de Letras de Puerto Montt, bajo el Rol C-4169-2019, caratulado “Banco Crédito e Inversiones/Muñoz”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma, deducido por la parte ejecutada, en contra de la sentencia de l

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica