GRANIFO SEPULVEDA BENJAMIN IGNACIO CON DUARTE RIVAS MARIA TERESA (S)
Rol
10843-2023
Fecha
3 de noviembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE (M)
Hechos
VISTOS: En estos autos tramitados ante el Segundo Juzgado Civil de Concepción, rol C-728-2022, caratulados “Granifo Sepúlveda Benjamín Ignacio con Duarte Rivas María Teresa”, por sentencia de dieciocho de julio de dos mil veintidós se acogió la demanda de precario y se condenó a la demandada a la restitución del inmueble que ocupa, con costas. La demandada apeló de dicho fallo y una Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, por sentencia de cinco de enero de dos mil veintitrés, confirmó la decisión. En contra de esta última sentencia recurre la demandada de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: Primero: Que la recurrente sostiene que en la sentencia impugnada se ha infringido el inciso 2º del artículo 2195 del Código Civil. Afirma que quedó establecido en el motivo décimo del fallo censurado que la tenencia del inmueble por la demandada emana de la relación de convivencia, que por más de nueve años, mantuvo con don Jorge Orlando Granifo Gómez, padre del actor de autos; concubinato que se inició el año 2012 y culminó el año 2021 y que constituye título suficiente para justificar la ocupación, por lo que la Corte debió proceder al rechazo de la acción. Segundo: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Comparecieron Juan Paulo Quezada Bravo, en representación de doña Johanna Valeska Sepúlveda Cid, la cual a su vez comparece en representación legal de su hijo menor de edad Benjamín Ignacio Granifo Sepúlveda, y deduce demanda de precario en contra de María Teresa Duarte Rivas. Señala que la demandada, desde hace un tiempo, sin que exista título y por mera tolerancia, ocupa el inmueble negándose a restituirlo. Dado lo expuesto, solicitó acoger la acción y condenar a la demandada a la restitución del bien, con costas. 2.- María Teresa Duarte Rivas solicitó el rechazo de la demanda, fundado en que mantuvo
Fallo
fallo y una Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, por sentencia de cinco de enero de dos mil veintitrés, confirmó la decisión. En contra de esta última sentencia recurre la demandada de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: Primero: Que la recurrente sostiene que en la sentencia impugnada se ha infringido el inciso 2º del artículo 2195 del Código Civil. Afirma que quedó establecido en el motivo décimo del fallo censurado que la tenencia del inmueble por la demandada emana de la relación de convivencia, que por más de nueve años, mantuvo con don Jorge Orlando Granifo Gómez, padre del actor de autos; concubinato que se inició el año 2012 y culminó el año 2021 y que constituye título suficiente para justificar la ocupación, por lo que la Corte debió proceder al rechazo de la acción. Segundo: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Comparecieron Juan Paulo Quezada Bravo, en representación de doña Johanna Valeska Sepúlveda Cid, la cual a su vez comparece en representación legal de su hijo menor de edad Benjamín Ignacio Granifo Sepúlveda, y deduce demanda de precario en contra de María Teresa Duarte Rivas. Señala que la demandada, desde hace un tiempo, sin que exista título y por mera tolerancia, ocupa el inmueble negándose a restituirlo. Dado lo expuesto, solicitó acoger la acción y condenar a la demandada a
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Santiago, tres de noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: En estos autos tramitados ante el Segundo Juzgado Civil de Concepción, rol C-728-2022, caratulados “Granifo Sepúlveda Benjamín Ignacio con Duarte Rivas María Teresa”, por sentencia de dieciocho de julio de dos mil veintidós se acogió la demanda de precario y se condenó a la demandada a la restitución del inmueble que ocupa, con costas. L
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