ANONIMIZADO
Rol
230486-2023
Fecha
26 de octubre de 2023
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ordenó dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, que rechazó el de nulidad que interpuso contra la de instancia que acogió la demanda, declarando que el municipio vulneró la garantía de no discriminación, con ocasión de la remoción de la actora, condenándola al pago de la indemnización adicional del artículo 489 del Código del Trabajo, por la suma de $26.367.696 e indemnización...
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ordenó dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Copiapó, que rechazó el de nul
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