Jdo. de Letras del Trabajo de Iquique

LÓPEZ/ALIANZA SEGURIDAD

Rol

C-66-2024

Fecha

16 de mayo de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que el abogado don MIGUEL ZAPATA VILLABLANCA, en representación de la parte ejecutada ALIANZA SEGURIDAD LIMITADA, comparece en autos solicitando se declare la nulidad de todo lo obrado por vicios del procedimiento y falta de emplazamiento, fundado en que el abogado patrocinante Sr. Roberto Ruiz Santos, dejó de pertenecer a la empresa ejecutada, en el mes de junio del año 2024, por cuando todas las notificaciones vertidas en el proceso de cobranza se realizaron al correo electrónico indicado por el abogado, no constando el envío de la carta certificada a la ejecutada, dejándola en la indefensión. Asimismo, señala que con fecha 04 de abril del año 2024, el abogado en comento presentó un escrito dando cuenta de pago de la liquidación practicada por vuestro Tribunal, sin perjuicio de ello, no acompañó los documentos que daban cuenta de que se había convalidado el despido del trabajador demandante, resultando ambigua la resolución del fecha 09 de abril de 2024. SEGUNDO: Que la parte ejecutante evacua traslado, solicitando su rechazo, argumentando que no existe en el proceso constancia alguna del término del mandato del abogado de la ejecutada, por lo que al tenor del artículo 9 del Código de Procedimiento se entiende que dicha representación es válida, al igual que los actos procesales, hasta la comparecencia de la parte representada o hasta que haya testimonio en el proceso de haberse notificado la cesación de la representación. Que, consta del proceso, haberse practicado las notificaciones de cada resolución dictada, por medio de carta certificada a los abogados de la demandada; a mayor abundamiento, se han llevado a efecto, en todo el procedimiento, notificaciones por correo electrónico a los abogados de la Código: MXNEXUDGJQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demandada, don Claudio Andrés Pizarro Valdebenito, Roberto Hector Ruiz Santos, Maria Helena Ortiz Roa, Miguel Angel Zapata V

Fallo

se resuelve: Estese a lo que se resolverá a continuación. Resolviendo derechamente incidente de nulidad promovido por la parte ejecutada a folio 172. VISTO: PRIMERO: Que el abogado don MIGUEL ZAPATA VILLABLANCA, en representación de la parte ejecutada ALIANZA SEGURIDAD LIMITADA, comparece en autos solicitando se declare la nulidad de todo lo obrado por vicios del procedimiento y falta de emplazamiento, fundado en que el abogado patrocinante Sr. Roberto Ruiz Santos, dejó de pertenecer a la empresa ejecutada, en el mes de junio del año 2024, por cuando todas las notificaciones vertidas en el proceso de cobranza se realizaron al correo electrónico indicado por el abogado, no constando el envío de la carta certificada a la ejecutada, dejándola en la indefensión. Asimismo, señala que con fecha 04 de abril del año 2024, el abogado en comento presentó un escrito dando cuenta de pago de la liquidación practicada por vuestro Tribunal, sin perjuicio de ello, no acompañó los documentos que daban cuenta de que se había convalidado el despido del trabajador demandante, resultando ambigua la resolución del fecha 09 de abril de 2024. SEGUNDO: Que la parte ejecutante evacua traslado, solicitando su rechazo, argumentando que no existe en el proceso constancia alguna del término del mandato del abogado de la ejecutada, por lo que al tenor del artículo 9 del Código de Procedimiento se entiende que dicha representación es válida, al igual que los actos procesales, hasta la comparecencia de l

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Iquique, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito de la parte ejecutante, se resuelve: Estese a lo que se resolverá a continuación. Resolviendo derechamente incidente de nulidad promovido por la parte ejecutada a folio 172. VISTO: PRIMERO: Que el abogado don MIGUEL ZAPATA VILLABLANCA, en representación de la parte ejecutada ALIANZA SEGURIDAD LIMITADA, comparece en autos solicitando

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