C.A. de Rancagua

DUQUE VALBUENA SONIA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

235626-2023

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

Criminal

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que el Decreto que ordenó la expulsión de la recurrente, en su parte considerativa, refiere como único fundamento para proceder de tal modo, que ésta, en abril de 2016 fue condenada por el delito de apropiación indebida en concurso con el delito de uso malicioso de instrumento privado mercantil, a una pena de tres años de presidio menor en su grado medio y multa, otorgándosele la pena sustitutiva de remisión condicional, arguyéndose por la Administración –sin explicitar motivación alguna- que la realización de la conducta individual vulnera los bienes jurídicos de la seguridad pública, fe pública y propiedad, y cuya realización además, atenta directamente contra el bienestar común y orden social por lo que no es posible aceptar su permanencia en el territorio nacional. Segundo: Que en consecuencia, los

Fundamentos

fundamentos que se han invocado por la autoridad carecen de proporcionalidad, toda vez que el ilícito a que se refiere la recurrida, ha sido sancionado en tiempo y forma —pena que por lo demás, se encuentra cumplida—, por lo que al decretarse su expulsión, con la cita de dicha condena como único fundamento, se le está sancionando doblemente por un mismo hecho, actuar que el ordenamiento jurídico no tolera, tornándose arbitraria la actuación de la Administración en tal sentido, afectándose con ello su libertad personal y seguridad individual. Tercero: Que no puede desconocerse el arraigo familiar de la amparada, toda vez que tiene una familia en Chile, de manera que el abandono trae aparejado consigo poner fin a su proceso de resocialización y la reunificación familiar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de seis de octubre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, en el Ingreso Corte N° 384-2023 y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de Sonia Duque Valbuena, en contra de del Servicio Nacional de Migraciones, dejándose sin efecto la orden que dispuso su expulsión del territorio nacional. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama y del Abogado Integrante Sr. Munita, quienes estuvieron por confirmar la sentencia en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y devuélvase N° 235.626-2023.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. A los escritos folios 293645-2023 y 293646-2023: téngase presente. Vistos: Primero: Que el Decreto que ordenó la expulsión de la recurrente, en su parte considerativa, refiere como único fundamento para proceder de tal modo, que ésta, en abril de 2016 fue condenada por el delito de apropiación indebida en concurso con el delito de uso mali

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