CASTRO JOSE GREGORIO CONTRA SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.
Rol
235443-2023
Fecha
19 de octubre de 2023
Materia
Criminal
Resultado
REVOCADA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos quinto a octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de amparo encuentra su fundamento en la decisión emanada de la repartición pública recurrida, dictada el 8 de septiembre de 2023, que rechaza la solicitud de permanencia definitiva efectuada por el amparado, en atención a que no contaba con dos años de visa sujeta a contrato, encontrándose en situación irregular en el país y no pagó la multa por la infracción en que incurrió. Segundo: Que de los antecedentes incorporados en la presente causa, aparece que el amparado pago la multa impuesta por la autoridad administrativa y vive con su hijo, quien costea sus gastos, pues cuenta con un trabajo y tiene residencia definitiva. Tercero: Que la revisión de los antecedentes aparece de manifiesto que la autoridad administrativa no otorgó la posibilidad a la parte recurrente de subsanar la situación denunciada, proporcionando nuevos antecedentes que expliquen su actuar y que justifiquen su petición –conforme lo dispone el artículo 31 de la Ley N° 19.880-, por lo que resulta desproporcionada la decisión adoptada respecto al rechazo de la solicitud.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se revoca la sentencia apelada de tres de octubre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, en el Ingreso Corte N° 691-2023, en cuanto rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de José Gregorio Castro, de nacionalidad venezolana, y en su lugar se declara que éste queda acogido, solo en cuanto se deja sin efecto la parte del acto administrativo impugnado que dispone el abandono del país, debiendo la repartición pública recurrida solicitar a la Policía de Investigaciones de Chile la información de los movimientos migratorios del recurrente, en especial el nuevo ingreso que efectuó en el mes de mayo de 2023, según da cuenta la copia de su pasaporte, otorgar un nuevo plazo a la parte actora –el que no podrá exceder de sesenta días- para que presente los documentos faltantes, en especial el comprobante de pago de la multa y luego, estudie su situación migratoria. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, una vez hecho, devuélvase. Rol N° 235.443-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de octubre de dos mil veintitrés. A los escritos folios 290417-2023, 291390-2023 y 291391-2023: a todo, téngase presente y por acompañado. Al escrito folio 290928-2023: a todo, no ha lugar. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto a octavo, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: Primero: Que la acción de ampar
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