Jdo. de Letras del Trabajo de Temuco

FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)/CORP PARA LA NUTRICION INFANTIL

Rol

P-715-2024

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Atendido lo expuesto por los abogados doña DANIELA SALDÍAS ALBORNOZ y don IGNACIO ROJAS PARDO, en representación de la CORPORACIÓN PARA LA NUTRICIÓN INFANTIL (CONIN), teniendo en especial consideración la normativa citada para ello, teniendo presente que en los estampes de notificación la georreferenciación agregada por el receptor da cuenta que si bien la notificación se practicó en el domicilio de la demandada, lo cierto es que el requerimiento fue efectuado a un tercero, de manera que se hace lugar a la nulidad del requerimiento, debiendo procederse por la ejecutante a realizar las gestiones que sean pertinentes a fin de requerir de pago debidamente a la ejecutada. R.I.T. P-715-2024 R.U.C. 24-3-0056380-1 Resolvió doña MARTA PAOLA ALVAREZ BASAEZ, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. En Temuco, a catorce de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: FPMUXUNKDXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-14T13:44:11-0400

Fallo

se RESUELVE: VISTOS: Atendido lo expuesto por los abogados doña DANIELA SALDÍAS ALBORNOZ y don IGNACIO ROJAS PARDO, en representación de la CORPORACIÓN PARA LA NUTRICIÓN INFANTIL (CONIN), teniendo en especial consideración la normativa citada para ello, teniendo presente que en los estampes de notificación la georreferenciación agregada por el receptor da cuenta que si bien la notificación se practicó en el domicilio de la demandada, lo cierto es que el requerimiento fue efectuado a un tercero, de manera que se hace lugar a la nulidad del requerimiento, debiendo procederse por la ejecutante a realizar las gestiones que sean pertinentes a fin de requerir de pago debidamente a la ejecutada. R.I.T. P-715-2024 R.U.C. 24-3-0056380-1 Resolvió doña MARTA PAOLA ALVAREZ BASAEZ, Juez del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. En Temuco, a catorce de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: FPMUXUNKDXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-14T13:44:11-0400

Texto Completo (Preview)

ffe Temuco, catorce de mayo de dos mil veinticinco. Téngase presente informe receptor. Téngase por evacuado traslado. A la incidencia interpuesta por la ejecutada con fecha 23 de abril de 2025 se RESUELVE: VISTOS: Atendido lo expuesto por los abogados doña DANIELA SALDÍAS ALBORNOZ y don IGNACIO ROJAS PARDO, en representación de la CORPORACIÓN PARA LA NUTRICIÓN INFANTIL (CONIN), teniendo en especi

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