4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

SAID/RUTHERFORD

Rol

229059-2023

Fecha

19 de octubre de 2023

Materia

Reforma

Resultado

DESESTIMA DE PLANO RECURSO DE QUEJA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria de la dictada en primera instancia, sobre la base de la reiteración de las argumentaciones vertidas en las oportunidades procesales correspondientes, con lo que queda de manifiesto que el recurrente pretende discutir en sede disciplinaria un asunto ya resuelto a través de otros recursos legales, de lo que se colige que este arbitrio no aparece revestido de fundamento plausible, lo que conlleva que al no ser esta la vía para impugnar su disconformidad con lo resuelto, -toda vez que aquello es lo que se puede concluir del arbitrio en análisis -, resulta fundamento suficiente para que aquel sea desestimado de plano. 3° Que como se dijo, los jueces recurridos, procedieron a confirmar la resolución en alzada, -la que contiene un completa fundamentación para resolver en el sentido que en la misma se lee-; lo que de suyo no puede importar una falta o abuso grave, desde que lo que hicieron fue decidir la cuestión sometida a su conocimiento, interpretando y valorando–labor privativa de los jueces- los antecedentes allegados a la causa, así como los preceptos legales atingentes al caso, y aplicando los mismos al caso concreto, sin que en ello se vislumbre, como se dijo, una infracción que pueda ser materia de conocimiento a través de este arbitrio de carácter disciplinario, toda vez que en el actuar de los jueces recurridos, no existe una falta o abuso que haga procedente el líbelo intentado. 4° Que sin perjuicio de lo anterior, conviene tener presente que del análisis de los antecedentes, se concuerda con lo resuelto por los recurridos, toda vez que de no existen elementos que permitan tener por configurados los ilícitos por los cuales se dedujo la querella, así como la participación en su caso, de las personas cuyo sobreseimiento se cuestiona por el recurrente, lo que conlleva necesariamente – como se dijo- a concluir que no existe falta o abuso grave que haga plausible entrar al conocimiento del arbitrio en análisis, razón adicional que lleva a desechar de plano el recurso deducido. De conformidad, además, con lo dispuesto en el Nº 19 del Auto Acordado de esta Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Juan Guillermo Torres Fuentealba en representación de Juan Carlos Said Kattan. Al primer otrosí; a sus antecedentes; y al segundo otrosí; téngase presente. Al escrito folio 285460-23; téngase presente y estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol Nº 229059-23

Fallo

Fallo de Recurso de Queja y letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se desestima de plano el recurso de queja interpuesto en lo principal por don Juan Guillermo Torres Fuentealba en representación de Juan Carlos Said Kattan. Al primer otrosí; a sus antecedentes; y al segundo otrosí; téngase presente. Al escrito folio 285460-23; téngase presente y estese a lo decidido. Regístrese y archívese. Rol Nº 229059-23

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurso de queja tiene, por exclusiva finalidad, corregir las faltas o abusos graves cometidos en la dictación de resoluciones de carácter jurisdiccional. 2° Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la sentencia confirmatoria de la dictada en primera instancia, sobre la base de la reiteración

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