AFARIA ANCHAPURE ARACELY CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
226209-2023
Fecha
2 de octubre de 2023
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 306-2023. Decisión adoptada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama, quién estuvo por revocar la decisión, acogiendo el recurso de apelación, teniendo presente para ello presente: 1.- Que no se encuentra debatido el ingreso por paso irregular por parte de la amparada. 2.- Que la autoridad administrativa se encuentra facultada para disponer de la expulsión del territorio nacional del extranjero que ingresó por un paso no habilitado. Lo anterior, por el mandato contenido en el numeral 1, letra b) del Decreto Supremo N°818, que delegaba en la autoridad de Gobierno Interior atribuciones relativas a extranjeros, entre ellas, la facultad de disponer la medida de expulsión de los extranjeros infractores al artículo N°146 del Decreto Supremo N°597 de 1984, respecto de los cuales el Intendente Regional respectivo haya obrado previamente conforme a lo dispuesto en el artículo 158 del mismo texto normativo, es decir, que hayan sido denunciados previamente, tal como ocurrió en este caso. 3.- Así, se concluye que la autoridad recurrida actuó en la especie dentro del marco legal y reglamentario de sus atribuciones y que se cumplió con lo que establecía la normativa que regulaba el ingreso clandestino de extranjeros al país, adoptando dicha autoridad administrativa la medida expresamente prevista en las normas citadas, esto es la expulsión del territorio nacional de la amparada. Regístrese y devuélvase. N° 226.209-2023.
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintiuno de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en el Ingreso Corte N° 306-2023. Decisión adoptada con el voto en contra del Ministro Sr. Valderrama, quién estuvo por revocar la decisión, acogiendo el recurso de apelación, teniendo presente para ello pres
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