JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE POZO ALMONTE

ANONIMIZADO

Rol

208870-2023

Fecha

29 de septiembre de 2023

Materia

Reforma Laboral

Resultado

INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandante en relación con la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que acogió el de nulidad que interpuso la demandada y dictó una de reemplazo que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios. Segundo: Que la ley laboral ha señalado que es susceptible del recurso de unificación de jurisprudencia la resolución que falle el arbitrio de nulidad, a cuyo efecto indica que...

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandante en relación con la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que acogió el de nulidad que interpuso la demandada y dictó una de reemplazo que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios. Segundo: Que la ley laboral ha señalado que es susceptible del recurso d

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