4º JUZGADO CIVIL DE VALPARAÍSO

OGALDE CON FISCO DE CHILE Y OTROS

Rol

19941-2023

Fecha

29 de septiembre de 2023

Materia

Civil

Resultado

ACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: En estos autos, rol de esta Corte Suprema N° 19.941-2023, iniciados ante el Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, caratulados “Ogalde con Fisco de Chile y Otros”, el demandante dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de segunda instancia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso el 26 de enero de 2023 que confirmó la interlocutoria de primera instancia que declaró abandonado el procedimiento. En la especie, doña Patricia Alejandra Ogalde Carvajal dedujo demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio en contra de la Municipalidad de Viña del Mar, del Gobierno Regional de Valparaíso y del Fisco de Chile, instando por la reparación del daño moral soportado producto de la caída del bus en que viajaba, el 26 de junio de 2017, a un socavón que se produjo en la calzada de Avenida Tamarugal, de la comuna de Viña del Mar. Sometida tal acción a las reglas del juicio de hacienda, una vez dictado el auto de prueba los tres demandados dedujeron el incidente de abandono del procedimiento, alegando haber transcurrido más de seis meses desde la dictación de tal resolución, sin haber sido notificada a todas las partes. Se formaron tres cuadernos separados. Las tres sentencias interlocutorias de primera instancia verificaron la efectividad de las circunstancias de hecho propuestas por los articulistas, acogiendo, con costas, los incidentes de abandono. La sentencia de segunda instancia confirmó las interlocutorias de primer grado. Respecto de esta decisión, el demandante dedujo recurso de casación en el fondo. Se trajeron los autos en relación.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en un primer capítulo del arbitrio, se acusa que el

Fallo

fallo transgrede lo establecido en el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, en relación con sus artículos 18, 83, 262, 748 y 795 Nº 2, al haberse omitido un trámite esencial dentro del juicio, consistente en la citación a audiencia de conciliación, pues dos demandados son distintos al Fisco de Chile, y, respecto de ellos, no son aplicables las reglas propias del juicio de hacienda que permiten preterir la referida etapa autocompositiva obligatoria. En ese estado de cosas, era deber del tribunal corregir el procedimiento anulando la resolución que recibió la causa a prueba. SEGUNDO: Que, en segundo orden, la recurrente denuncia la infracción al artículo 12 de la Ley Nº 21.226, en relación con los artículos 89, 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 2, literal d) de la Ley Nº 20.886, argumentando que el procedimiento, en los hechos, se encontró interrumpido con ocasión de la pandemia, y sólo se reanudó en diciembre de 2021 por la aplicación de la Ley Nº 21.379. Agrega que el tiempo intermedio no puede considerarse para efectos del cómputo del plazo de abandono, por tratarse de aquellas “otras causales” mencionadas en el artículo 12 de la Ley Nº 21.226. Finalmente, refiere que la resolución que recibió la causa a prueba, que obra en el folio Nº 38 del expediente electrónico de primera instancia, en su descripción dice: “suspende por contingencia”, mención que creó en el demandante la impresión que el procedimiento estaba formalmente suspendido. TERCE

Texto Completo (Preview)

10 Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: En estos autos, rol de esta Corte Suprema N° 19.941-2023, iniciados ante el Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, caratulados “Ogalde con Fisco de Chile y Otros”, el demandante dedujo recurso de casación en el fondo en contra de la sentencia de segunda instancia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso

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