C.A. de La Serena

ANDRADE/GENDARMERIA DE CHILE DIRECCIÓN NACIONAL

Rol

175178-2023

Fecha

28 de septiembre de 2023

Materia

Civil

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M)

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Hechos

Vistos: Y, teniendo únicamente, presente: Que reiteradamente esta Corte ha expresado que el recurso de protección de garantías constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes consagrados en la Carta Fundamental, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio, por lo que de los antecedentes de la causa y las peticiones de la recurrente esta acción constitucional no resulta ser la vía idónea para la decisión del asunto, debiendo desestimarse aquella. Y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se confirma la sentencia apelada de siete de julio de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena. Regístrese y devuélvase. Rol N°175.178-2023. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (a) Sra. Ángela Vivanco M., Sr. Mario Carroza E., Sr. Diego Simpértigue L., y los Abogados Integrantes Sr. Enrique Alcalde R. y Sra. María Angélica Benavides C. Santiago, 28 de septiembre de 2023.

Texto Completo (Preview)

2 Santiago, veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés. Al otrosí del escrito folio N° 222.814-2023: no ha lugar a los alegatos solicitados. Vistos: Y, teniendo únicamente, presente: Que reiteradamente esta Corte ha expresado que el recurso de protección de garantías constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes consagrados en la Carta Fundamental, mediante la adopción de medidas de resguardo que se d

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