RIDGWAY WALKER JOHN CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES - POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
217995-2023
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
Criminal
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Vistos: Se confirma la sentencia apelada de seis de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 2060-2023. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Brito y Sra. Tavolari, quienes estuvieron por revocar la resolución en alzada y, en su lugar, acoger el recurso de amparo interpuesto, dejando sin efecto la prohibición de ingreso al territorio nacional que pesa sobre el amparado, teniendo presente las siguientes consideraciones: 1°) Que del mérito de autos se desprende que el amparado fue condenado por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago con fecha veintidós de julio de dos mil veintiuno, en causa rol: 4712-2020, como autor de delitos reiterados y consumados de abuso sexual impropio, a una pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, otorgándosele la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, que el tribunal tuvo por cumplida por resolución de 14 de febrero de 2023; 2°) Que la sustitución de la pena de presidio por la de libertad vigilada importa que el Tribunal del grado estimó, en su oportunidad, que los antecedentes sociales y características de personalidad del amparado, su conducta anterior y posterior al hecho punible y la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito permitían concluir que una intervención individualizada, como a la que se sometió efectivamente, resultaba eficaz para su reinserción social; 3°) Que, se encuentra demostrado que el amparado tiene arraigo familiar, pues vive desde hace más de treinta años en Chile, junto a su cónyuge y tiene dos hijos, sin que registre, desde la condena del año 2021, otro tipo de antecedentes penales, habiendo ingresado legalmente al país en el año 1989 y residiendo en él por 33 años. 4°) Que, en ese estado de cosas, aparece que la decisión de expulsión es ilegal, por desproporcionada, puesto que las circunstancias en que se encuentra el amparado en la actualidad han variado respecto de aquellas tenidas en cuenta al tiempo en que se le impuso la condena. En efecto, los hechos asentados en el motivo precedente dan cuenta de su arraigo en el territorio nacional, por cuanto tiene una familia que permite aseverar que se encuentra incorporado a la sociedad chilena desde un punto de vista migratorio, familiar y social. Regístrese y devuélvase. Rol N° 217.995-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. A los escritos folios 217715-2023 y 275119: a todo, téngase presente. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de seis de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 2060-2023. Acordada con el voto en contra de los Ministros Sres. Brito y Sra. Tavolari, quienes estuvieron por revocar la resolución en alzada y, en su lugar, acoger el recurso de amparo interpuesto, dejando sin efecto la prohibición de ingreso al territorio nacional que pesa sobre el amparado, teniendo present
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