1º JUZGADO DE LETRAS DE ARICA

INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL/AYCA

Rol

201322-2023

Fecha

26 de septiembre de 2023

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento sumario de acción de precario tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Arica bajo el Rol C-1051-2022, caratulado “Instituto de Previsión Social con Ayca”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Arica de fecha uno de agosto de dos mil veintitrés, que confirmó el fallo de primer grado de diecisiete de abril del mismo año, que acogió la demanda y condenó a la demandada a restituir al demandante el inmueble que ocupa. Segundo: Que la recurrente en su arbitrio de nulidad sustancial acusa que la sentencia infringe el artículo 2195 inciso 2º del Código Civil. Expone, en síntesis, que los sentenciadores acogieron la demanda calificando erróneamente la relación que unía a las partes como un precario, a pesar que la demandada tiene un título que la habilita para ocupar la propiedad, en virtud de un contrato de arriendo verbal con la supuesta dueña anterior. Finaliza solicitando que se acoja el recurso, se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda. Tercero: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Con fecha 9 de junio de 2022, Instituto de Previsión Social dedujo demanda de precario en contra de Ruby del Carmen Ayca Pacheco. La fundó en que es dueño del departamento N° 301 de calle Nuremberg N° 1357, de la comuna de Arica. Añade que la demandada ocupa la propiedad por mera tolerancia de su parte, sin mediar contrato previo de ninguna especie. Dado lo expuesto, solicitó que se acogiera la acción y se condenara a la demandada a la restitución de la propiedad individualizada. 2.- La demandada no contestó la demanda. Cuarto: Que la sentencia de primer grado, confirmada por el tribunal de alzada, de conformidad a la prueba rendida en autos estab

Fallo

fallo de primer grado de diecisiete de abril del mismo año, que acogió la demanda y condenó a la demandada a restituir al demandante el inmueble que ocupa. Segundo: Que la recurrente en su arbitrio de nulidad sustancial acusa que la sentencia infringe el artículo 2195 inciso 2º del Código Civil. Expone, en síntesis, que los sentenciadores acogieron la demanda calificando erróneamente la relación que unía a las partes como un precario, a pesar que la demandada tiene un título que la habilita para ocupar la propiedad, en virtud de un contrato de arriendo verbal con la supuesta dueña anterior. Finaliza solicitando que se acoja el recurso, se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda. Tercero: Que para una acertada resolución del recurso de nulidad sustancial resulta conveniente dejar constancia de las siguientes actuaciones del proceso: 1.- Con fecha 9 de junio de 2022, Instituto de Previsión Social dedujo demanda de precario en contra de Ruby del Carmen Ayca Pacheco. La fundó en que es dueño del departamento N° 301 de calle Nuremberg N° 1357, de la comuna de Arica. Añade que la demandada ocupa la propiedad por mera tolerancia de su parte, sin mediar contrato previo de ninguna especie. Dado lo expuesto, solicitó que se acogiera la acción y se condenara a la demandada a la restitución de la propiedad individualizada. 2.- La demandada no contestó la demanda. Cuarto: Que la sentencia de primer grado, confirmada por el tribunal de alzada, de confo

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Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que en este procedimiento sumario de acción de precario tramitado ante el Primer Juzgado Civil de Arica bajo el Rol C-1051-2022, caratulado “Instituto de Previsión Social con Ayca”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la demandada en contra de la

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