Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

A.F.P. PROVIDA S.A. CON J.C.P. VALENZUELA OPAZO Y CIA. LIMITADA

Rol

P-10077-2018

Fecha

1 de abril de 2025

Materia

Resultado

No especificado

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Fallo

por tanto, debe interpretarse a la luz de criterios de proporcionalidad y constando a folio 12 del cuaderno principal de causa RIT P-4123-2018 de ingreso de este tribunal, documento consistente en el certificado de vigencia de la empresa ejecutada de fecha 26 de enero del año 2023, la cual es posterior a la resolución Nro. 81123008, de fecha 01 de octubre de 2018, que sirve de base a la presente ejecución y que da cuenta que, la administración de la empresa ejecutada corresponde a una persona distinta de doña ESTRELLA OPAZO CORTES, manténgase la suspensión de arresto decretada en la causa en carácter de definitiva. RIT: P-10077-2018 RUC: 18-3-0347390-0 Proveyó el (la) Juez (a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a uno de abril de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente. _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: KXNXXTBRYUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl Código: KXNXXTBRYUQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-04-01T12:37:45-0300

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JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE J.H.V Concepción, uno de abril de dos mil veinticinco Resolviendo lo pendiente de presentación de fecha 21 de marzo de 2025 (en lo principal): Atendido lo dispuesto en los artículos 205 y siguientes del Código de Comercio y Ley Nº 3.918, sobre sociedades de responsabilidad limitada, no ha lugar por improcedente. Sin perj

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