IMPORT COMAC SPA CON UNIVERSAL CENTER IMPORTS EXPORTS LIMITADA
Rol
209932-2023
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN FORMA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento declarativo, tramitado ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique, bajo el Rol C-4399-2020, caratulado “Import Comac Spa/ Universal Center Imports Exports Ltda.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma, deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, que confirmó la resolución de primer grado, de veintitrés de junio último, por medio de la cual se rechazó el incidente de abandono del procedimiento. 2°.- Que el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil establece que el recurso de casación en la forma procede contra las sentencias definitivas, contra las interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar el día de la vista de la causa. 3º.- Que la resolución impugnada por esta vía no reviste la naturaleza jurídica de aquellas a que se refiere el mencionado artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual no resulta procedente la casación en examen. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Jaime Mario Fuentes Poblete, en representación de la demandada, en contra de la sentencia de veintidós de agosto de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique. Regístrese y devuélvase. N° 209.932-2023
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 766 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto por el abogado Jaime Mario Fuentes Poblete, en representación de la demandada, en contra de la sentencia de veintidós de agosto de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique. Regístrese y devuélvase. N° 209.932-2023
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en este procedimiento declarativo, tramitado ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique, bajo el Rol C-4399-2020, caratulado “Import Comac Spa/ Universal Center Imports Exports Ltda.”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en la forma, deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, que confirmó la resolución de primer grado, de veintitrés de junio último, por medio de la cual se rechazó el incidente de abandono
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