ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE S.A. CON CAPITALES S.A.
Rol
P-6666-2013
Fecha
31 de marzo de 2025
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparecen don MANUEL FIGUEROA SAAVEDRA y ANTONIO ALEJANDRO ALÁMOS AVENAÑO, abogados, domiciliados en Avenida Bernardo O’Higgins 949, piso 9, oficina 902, Santiago, en representación de Administradora de Fondos de Cesantía Chile, del giro de su denominación, de su mismo domicilio, quienes interponen demanda ejecutiva en contra de la sociedad CAPITALES S.A., representada legalmente por don ANTONIO ESPINOZA PIZARRO, ignora profesión, ambos con domicilio en Avenida Apoquindo 3039 oficina 1701, comuna de La Condes. Fundan su demanda en que por resolución N°2013- DNP/902416 de 16 de enero de 2013, dictada por su representada, tiene mérito ejecutivo de acuerdo a las disposiciones legales que cita, siendo la deuda líquida, actualmente exigible, y no se encuentra prescrita la acción ejecutiva. Solicita, en definitiva, se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma total de $3.480.814.-, más reajustes e intereses y costas, y en el evento que no pague, se siga adelante con la ejecución hasta el pago íntegro de lo adeudado. Con fecha 19 de julio de 2024, la ejecutada se opone a la ejecución alegando la excepción de la prescripción de la deuda, señalando que efectivamente, de la lectura de la demanda de autos y especialmente de la resolución que adjunta, N° 2013 DNP / 902416 de fecha 16 de enero de 2013, aparece muy nítido que la deuda de cotizaciones previsionales de AFC respecto de su representada que se señala, respecto de los siguientes trabajadores indicados en dicha resolución, es superior a cinco años. RUT NOMBRE AFILIADO PERIODO DE PAGO MONTO ADEUDADO 10.661.864-K LOPEZ ARAYA JOSE FRANCISCO 08/2012 68.423 Código: XXVXXTGEEVQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 11.863.601-5 MUÑOZ MACHUCA OMAR PATRICIO. 08/2012 38.442 12.210.866-K GALLO SPENCER FRANCISCO JOSE 08/2012 28.452 13.317.405-2 LARA GOMEZ JORGE ANDRES 08/2012 51.012 13.505.951-K GUIMAY QUEZADA GONZALO EDUARDO 0
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte ejecutante solicita el pago de cotizaciones previsionales adeudadas por la ejecutada, fundada en la resolución N° 2013- DNP/902416 de 16 de enero de 2013, por la suma de $3.480.814.-, más reajustes, intereses y costas. Código: XXVXXTGEEVQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso a la ejecución la excepción de “prescripción de la deuda” y en subsidio, “la prescripción de la acción para el cobro de las cotizaciones de seguridad social multas, reajustes e intereses”, por los fundamentos ya señalados en la parte expositiva del presente
Fallo
fallo TERCERO: Que, de las excepciones opuestas, se colige que la discusión se ha visto centrada en determinar si efectivamente concurren en la especie los presupuestos fácticos, que contempla la Ley, a objeto de declarar las prescripciones alegada. CUARTO: Que para acreditar los fundamentos de las excepciones que opusiera, la parte ejecutada allegó a los autos las siguientes probanzas: I. DOCUMENTAL: 1) Declaración de impuesto anual a la renta correspondiente a la empresa Capitales S.A, del año 2013. 2) Resolución exenta N°157 emitida por la Superintendencia de valores y seguros de fecha 20 de abril de 2015. REF: “APLICA SANCIÓN DE CENSURA A CAPITALES S.A”. 3) Información de fiscalizados y otras instituciones registradas emitida por la Comisión para el Mercado Financiero, respecto de Capitales S.A. 4) Set de tres comunicados de Prensa emitidos por la SVS, respecto de la empresa Capitales S.A de fechas: 30 de julio, 29 de junio y 02 de abril de 2012. II. DECLARACIÓN DE LOS SIGUIENTES TESTIGOS: 1) Doña Katherine de las Mercedes Pérez Molina, quien debidamente juramentada declara que, en cuanto al punto de prueba fijado en autos, manifiesta, que le consta que capitales cerró sus puertas a inicio del año 2014 y se desvincularon a los trabajadores que le acaban de consultar y de ellos dice conocer presencialmente a don Ornar Muñoz, Jorge Lara, Cesar Olate y el señor Cruzat Valdez sé quiénes son, pero personalmente no los conoce, don Código: XXVXXTGEEVQ Este documento tiene f
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Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparecen don MANUEL FIGUEROA SAAVEDRA y ANTONIO ALEJANDRO ALÁMOS AVENAÑO, abogados, domiciliados en Avenida Bernardo O’Higgins 949, piso 9, oficina 902, Santiago, en representación de Administradora de Fondos de Cesantía Chile, del giro de su denominación, de su mismo domicilio, quienes interponen demanda ejecutiva en contra de la
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